(…)En definitiva, la principal novedad de 2026 es que las mujeres no se pensionan a una menor edad; lo que cambia es el requisito de semanas de cotización, cuya reducción será gradual durante los próximos años en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Constitucional. (…)
Desde el 1º de enero de 2026 entró en vigor un cambio que ha generado esta duda entre trabajadores y empleadores, y la respuesta es que sí, las mujeres a partir de esta anualidad necesitan menos semanas de cotización para acceder a la pensión de vejez. Sin embargo, ello no significa que la edad para pensionarse haya disminuido, el cambio recae exclusivamente sobre el requisito de semanas de cotización.
Así, en el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, las mujeres ya no deben acreditar 1.300 semanas de cotización, sino 1.250 semanas -para el año 2026-, mientras que la edad mínima para pensionarse se mantiene en 57 años.
Esta modificación tiene su origen en la Sentencia C-197 de 2023 de la Corte Constitucional. En esta decisión, el Alto Tribunal concluyó que exigir a las mujeres el mismo número de semanas que a los hombres desconocía las barreras históricas que han enfrentado en el mercado laboral y generaba un déficit de protección constitucional, razón por la cual consideró necesario incorporar un enfoque de género al sistema pensional.
Con ese propósito, la Corte exhortó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional para diseñar un régimen que garantizara un acceso más equitativo a la pensión de vejez. Sin embargo, también estableció una regla supletiva, consistente en que si antes del 1º de enero de 2026 no se expedía una regulación acorde con esos lineamientos, la reducción de semanas operaría de manera automática y paulatina.
Si bien la Reforma Pensional -Ley 2381 de 2024- acogió este criterio, actualmente dicha normativa se encuentra suspendida por decisiones judiciales relacionadas con su trámite legislativo. En consecuencia, la reducción que hoy beneficia a las mujeres no depende de la entrada en vigor de la reforma, sino que encuentra sustento directo en los efectos de la Sentencia de Constitucionalidad.
Así, desde este año el requisito de semanas de cotización para que las mujeres accedan a la pensión disminuyó a 1.250 semanas y, a partir del 1º de enero de 2027, continuará reduciéndose 25 semanas por año hasta alcanzar un mínimo de 1.000 semanas. En definitiva, la principal novedad de 2026 es que las mujeres no se pensionan a una menor edad; lo que cambia es el requisito de semanas de cotización, cuya reducción será gradual durante los próximos años en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Constitucional.
A este propósito, evalúese que este cambio genera importantes implicaciones para los empleadores, como quiera que el número de semanas exigidas para las mujeres disminuirá progresivamente cada año, a su vez variarán los criterios para determinar la condición de prepensionada, aspecto que resulta especialmente relevante antes de adoptar decisiones que impliquen la terminación del contrato de trabajo.
Por ello, es recomendable revisar anualmente los criterios internos para identificar trabajadoras próximas a pensionarse, verificar el régimen pensional al que se encuentra afiliada cada trabajadora —RPM o RAIS— y mantener actualizada su historia laboral. Estas medidas permitirán gestionar adecuadamente el riesgo jurídico y adoptar decisiones con mayor seguridad.






