El «no» que nombra el riesgo se puede discutir; el que no lo nombra, no.
Hay un momento que se repite en cualquier empresa. Es aquel en el que alguien presenta algo que ya está prácticamente construido, la sala asiente y, entonces, una voz pregunta si Legal ya lo revisó, de manera que los ojos se mueven hacia un solo lado de la mesa. Uno aprende rápido a reconocer ese giro de cabezas porque casi nunca se trata de una consulta genuina, sino de la búsqueda de alguien que autorice o asuma el costo de detenerlo.
Suele repetirse que el abogado interno debe ser socio del negocio y no un obstáculo. Esta afirmación es cierta y, a la vez, insuficiente, porque no describe lo que ocurre cuando la decisión llega tarde, incompleta y con una fecha de lanzamiento encima. En esas condiciones, no se asesora, sino que se aprueba o se frena, y ambas cosas tienen consecuencias que nadie mide.
Ahora bien, el abogado que frena todo desaparece por una vía silenciosa, ya que no lo despiden ni lo confrontan. Simplemente dejan de invitarlo. Las decisiones siguen tomándose, solo que ahora ocurren antes de llegar a él y, cuando llegan, vienen envueltas en un lenguaje que evita activar su alarma. Se entera después, casi siempre por un canal lateral, y descubre que el equipo aprendió a preguntarle lo mínimo indispensable. Se produce, entonces, una paradoja evidente. Por proteger a la empresa de todo, terminó protegiéndola de nada, pues perdió el acceso al momento en el que las decisiones todavía se pueden mover.
El extremo contrario resulta más cómodo y, por eso, más frecuente. El abogado que aprueba todo conserva su lugar en la mesa, es querido, es rápido y termina convertido en un requisito de forma, mientras su criterio deja de tener valor, porque nadie necesita el criterio de quien nunca ha dicho algo distinto de lo que el otro quería oír. La función se vacía sin que nadie lo note y suele notarse solo cuando llega el problema que sí era un problema.
Con todo, hay algo que se dice menos y que me parece más incómodo. Buena parte de los «no» jurídicos no protegen a la empresa, sino al abogado.
Se trata de dos «no» que suenan igual, pero son distintos. El primero identifica un riesgo, lo nombra, estima su magnitud y su probabilidad, y señala quién queda expuesto, de modo que resulta discutible. En eso reside, precisamente, su virtud, ya que puede negociarse, mitigarse o asumirse de manera consciente. El segundo, en cambio, no nombra nada, pues se sostiene en adjetivos como «es riesgoso», «no es recomendable» o «podría traernos problemas». Su verdadera función consiste en garantizar que, si algo sale mal, quede constancia de la advertencia. No busca que la empresa decida mejor, sino que la responsabilidad tenga otro dueño.
Reconocer ese segundo «no» en boca ajena resulta fácil. Identificarlo en el momento mismo en el que se está formulando es mucho más difícil, entre otras razones, porque casi nunca hay mala fe de por medio. Rara vez alguien se sienta a calcular cómo cubrirse. Lo que ocurre es más simple. Aparece una incomodidad genuina, no hay tiempo para convertirla en análisis y se expresa con las palabras que se tengan a mano. El problema está en que esas palabras trasladan el peso al negocio sin darle nada con qué trabajar, porque le entregan una advertencia y le quitan la posibilidad de decidir.
En la práctica, la diferencia entre uno y otro se nota en lo que ocurre después de la reunión. Si la respuesta abre una conversación sobre cómo hacerlo de otra forma, se estaba frente a un riesgo. Si la cierra y todos salen con la sensación de que Legal ya opinó, probablemente se trataba de una cobertura. Nadie lo dice así, pero se siente en el aire.
Tampoco se trata de que baste con reemplazar un tipo de «no» por el otro, pues existen decisiones en las que no alcanza el tiempo para construir el análisis que el «no» bueno exige y vacíos en los que ni siquiera hay información para estimar la magnitud de nada. Lo que queda, entonces, es la intuición formada por lo que se ha visto salir mal antes, que sirve para detectar el problema, aunque no alcance para sustentarlo, lo cual es algo distinto.
En realidad, el problema no está en ese giro de cabezas hacia un solo lado de la mesa, que va a seguir ocurriendo mientras las decisiones lleguen tarde. Está en lo que se responde durante los segundos siguientes, cuando las dos formas de decir que no suenan igual y solo una de ellas deja algo con qué trabajar.
José David Durán Leyva, Abogado de la Universidad de la Sabana, Especialista en Derecho de la Empresa e Innovación Legal de la Universidad del Rosario y de la Universidad Externado de Colombia, respectivamente. Cuenta con experiencia en contratación, asuntos comerciales, corporativos y de innovación legal. Ha formado parte de empresas como Juan Valdez y firmas como Phylo Legal; actualmente se desempeña como Especialista de Asuntos Legales en RapiCredit.






