Desde la responsabilidad civil, el derecho se enfrenta a un reto regulatorio enorme.
Tal como sucedió en la primera revolución industrial con la llegada de la máquina de vapor, hoy, con la llegada de la cuarta revolución industrial, el derecho se enfrenta nuevamente a retos regulatorios importantes. Esta nueva revolución implicó la llegada de tecnologías disruptivas, como la Inteligencia Artificial (IA) y Machine Learning, entre otros, lo que ha significado un cambio en el desarrollo de la sociedad.
Desde hace varios años se ha hablado sobre los carros que se manejan solos, particularmente, la empresa TESLA MOTORS fue la primera en comercializar masivamente vehículos con el sistema “Autopilot”. Estos, con el uso de IA, son capaces de conducirse autónomamente. Aun cuando esta idea resulta atractiva para los consumidores, falta zanjar la discusión sobre quién responde por los daños generados por el funcionamiento de estos vehículos.
Por otra parte, la empresa INTUITIVE SURGICAL INC. desarrolló la máquina “DaVinci”, capaz de intervenir personas quirúrgicamente. Aunque aún no interviene directamente al paciente con total autonomía, sí es capaz de asistir al cirujano de manera autónoma en el momento de intervenir al paciente, con el uso de IA. A esta forma de intervención quirúrgica, la medicina la ha llamado “Cirugía Robótica”. Definitivamente, aunque la cirugía robótica representa un gran avance médico, tal como sucede con los vehículos autónomos, aún no es claro quién responde por los daños en pacientes ocasionados por máquinas como DaVinci.
Así, en la Unión Europea se ha discutido si el régimen de responsabilidad del fabricante es aplicable a los daños ocasionados por Robots Inteligentes, sin embargo, para algunos, este se queda corto frente a las necesidades actuales. A diferencia de lo que sucede con las máquinas que no son autónomas, los fabricantes no pueden garantizar una expectativa de seguridad respecto del comportamiento de la máquina, justamente porque cada una aprende de forma autónoma, y esto no brinda certeza en su forma de actuar. Sin embargo, recubrir de responsabilidad al fabricante, desestimularía el desarrollo tecnológico.
Como respuesta a esta problemática, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo ha presentado un proyecto con recomendaciones sobre normas de derecho civil sobre robótica, en donde se propone como alternativa dotar al Robot Inteligente de una clase de personalidad jurídica, denominada “Personalidad Electrónica”. Básicamente, la propuesta consiste en brindarle a cada robot una identificación vinculada a un patrimonio por medio del cual le sea posible responder por los daños que genere. Si bien esta propuesta resulta interesante a la luz de la responsabilidad civil, algunos opositores, desde un punto de vista ético, consideran que dotar de personalidad a los robots sería poner en riesgo la preservación de la especie humana.
Como se advirtió, desde la responsabilidad civil, el derecho se enfrenta a un reto regulatorio enorme. Por esta razón, es su obligación implementar una normativa propia y suficiente que le permita a la industria tecnológica, y, en particular a la robótica, un impulso sostenible y congruente con los valores propios de cada ordenamiento jurídico.
Muy, muy interesante. Nos quedamos pensando en aspectos muy importantes que debemos tener en cuenta en un futuro próximo.
Es un artículo muy claro, fácil de leer y entender.
Felicitaciones Dr. Nicolás, interesante artículo y muy bien escrito, el tema es futurista pero muy pronto estará en nuestra puerta