Para que la transición energética que pregona el gobierno pueda darse, debe haber instrumentos jurídicos, políticos y regulatorios coherentes entre sí que proporcionen seguridad a los inversionistas.
Durante su campaña presidencial, y en diferentes foros nacionales e internacionales en los que ha participado tras su elección, el presidente Gustavo Petro ha expresado el interés del gobierno nacional por trabajar por una transición energética, y eso de manera acelerada. Sin embargo, esas afirmaciones no parecen estar del todo alineadas con las iniciativas legislativas del actual gobierno.
El Plan Nacional de Desarrollo ‘Colombia, Potencia Mundial de la Vida’ (Ley 2294 de 2023) que traza las metas del gobierno a corto, mediano y largo plazo, incorporó un artículo que afecta la rentabilidad y, en consecuencia, la viabilidad económica de los proyectos de generación de energía solar y eólica en aquellas zonas del país con la mayor radiación solar promedio anual y donde hay mayor velocidad promedio de viento, tanto los que están en curso como los que se pretende estructurar o sacar a subasta. Veamos algunos antecedentes.
La Ley 99 de 1993 ordenó que toda empresa generadora de energía hidroeléctrica debía transferir el 6% de sus ventas brutas a los municipios y Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) situadas en la cuenca hidrográfica y el embalse. Luego, el Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Iván Duque, modificó el artículo 54 de la Ley 143 de 1994 que señala quiénes, además de los generadores de energía hidroeléctrica, están obligados a pagar la mencionada transferencia creada por la Ley 99, para señalar que las plantas de generación de energía a partir de fuentes no convencionales, cuya potencia nominal instalada total superara los 10.000 kilovatios, también debían cancelar una transferencia, pero esta sería únicamente del 1% de las ventas brutas de energía. Esto, sumado a las medidas previstas en la Ley 1715 de 2014 y, posteriormente, en la Ley 2099 de 2021, condujo al fomento de las energías renovables, pues Colombia contaba con un portafolio de beneficios interesantes para inversionistas interesados en desarrollar proyectos de energía renovable en el país.
Desafortunadamente, con el Plan Nacional de Desarrollo del actual gobierno se dio un paso atrás, pues éste señala que las plantas nuevas que no se encuentran en operación y están localizadas en aquellas zonas del país con la mayor radiación solar promedio anual y donde hay mayor velocidad promedio de viento, deberán pagar ya no el 1% sino el 6% de sus ventas brutas.
A su turno, para las plantas en operación o plantas con asignación de obligaciones al momento de la vigencia de la Ley 2294 de 2023, el aumento de la transferencia será del 1% al 4%. Esta medida afectará, principalmente, a las plantas solares ubicadas en la región de la costa caribe y los valles de los ríos Magdalena y Cauca, que son los que registran la más alta radiación solar, así como a las plantas eólicas que se encuentran ubicadas en el departamento de la Guajira. Estas últimas, además, han tenido que enfrentar toda suerte de dificultades sociales y de seguridad durante su montaje. En este contexto, aunque es triste, no sorprende que recientemente Enel hubiere decidido suspender indefinidamente la construcción del gran parque eólico Windpeshi (105 MW) en la Guajira, proyecto que iba a ser capaz de suplir las necesidades anuales de energía de aproximadamente 500.000 hogares.
Aunque esta medida se implementará de manera gradual, en todo caso afecta el análisis de los costos de los proyectos; al momento de presentar la oferta del precio en las subastas, no tenían previsto este aumento en la transferencia y, en consecuencia, no solo afectará la estructura financiera de los proyectos en curso, sino el apetito por nuevos proyectos de parte de los inversionistas.
Para que la transición energética que pregona el gobierno pueda darse, debe haber instrumentos jurídicos, políticos y regulatorios coherentes entre sí que proporcionen seguridad a los inversionistas; no se puede esperar que haya transición energética quebrantando la confianza de los inversionistas, cambiando las ‘reglas del juego’ a mitad de camino, ni afectando la viabilidad económica de los proyectos que propenden precisamente por generar energía a partir de fuentes renovables.