Como consecuencia de la pandemia y las protestas sociales, la economía colombiana continua en recuperación. El desempleo que llegó el año pasado hasta el 21,4%, hoy en día, según el DANE, ronda el 12%.
La Ley de Inversión Social aprobada el 14 de septiembre de 2021 trae incentivos para la creación de nuevos empleos especialmente para jóvenes y mujeres. Adicionalmente, los días sin IVA y las fiestas de fin de año serán impulsos adicionales para la contratación de trabajadores.
Ahora, al momento de contratar personal o para los contratos ya vigentes los empleadores deberán considerar la nueva realidad y el modelo de trabajo post pandemia. Por lo anterior, vale la pena revisar los contratos de trabajo para ajustarlos a las nuevas necesidades.
La implementación del trabajo remoto o modelos de semi presencialidad conllevan la necesidad de pactar cláusulas adicionales para definir los términos y condiciones. Por ejemplo, imponer obligaciones sobre la seguridad y confidencialidad de la información. Igualmente, el uso, protección y devolución de herramientas de trabajo suministradas por el empleador.
Los modelos de remuneración también son o están siendo evaluados para atarlos a las metas corporativas, las actividades realizadas y el tiempo trabajado. De esa manera, es posible incentivar la productividad y ligar parte del gasto laboral a los ciclos económicos de la empresa.
Para buscar la disminución del ausentismo, que según el Centro de Estudios Sociales y Laborales – Cestla – de la asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), prácticamente se duplicó el año pasado, los empleadores pueden reconocer los beneficios extralegales por días trabajados. A modo de ejemplo, el auxilio de conectividad o teletrabajo puede reconocerse por cada día de trabajo.
De otro lado, con la aprobación de la Ley 2101 de 2021 que modifica las jornadas de trabajo y reduce la jornada semanal de manera gradual, también es necesario considerar el tipo de jornada de trabajo aplicable. Pues, esta norma ahora permite jornadas diarias flexibles de trabajo diurno o nocturno, distribuidas en máximo seis días con un día de descanso obligatorio que puede ser distinto al domingo.
Otro punto para considerar es que para la contratación de trabajadores con ingresos inferiores a un salario mínimo mensual es posible lograr su vinculación formal mediante el piso de protección social. De esta forma, el trabajador estará afiliado al régimen subsidiado en salud, vinculado al programa de BEPS y recibirá un seguro para riesgos.
En todo caso es recomendable consultar con su asesor laboral para ajustar el modelo de trabajo conforme a la nueva realidad y necesidades post pandemia.