Una de cada diez mujeres en el mundo padece dismenorrea, más conocida como “menstruación difícil y dolorosa”. Se sufre como dolor pélvico crónico de origen ginecológico al que se asocian cambios emocionales y alteraciones hormonales. En países como Japón, Indonesia, China, Corea del Sur, Reino Unido, Suecia o Finlandia existe el término “licencia menstrual”, a través del cual, personas con esta afección pueden tomar uno o dos días de reposo al mes; sin embargo, la mayoría de mujeres no ejerce este derecho debido a consecuencias laborales derivadas de ausencia reiterada, discriminación silenciosa de compañeros de trabajo, incluso la posibilidad de perder su empleo en un entorno con claros desequilibrios para el acceso a trabajo formal en la población femenina.
En Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 57 dispone dentro de las obligaciones del empleador “conceder al trabajador las licencias necesarias (…) en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada (…)” ¿podría configurarse la dismenorrea como grave calamidad doméstica, aún sin documento emitido por Entidad Prestadora de Salud certificando que el empleado no puede ejercer sus funciones bajo dicho cuadro clínico?, ¿ignora el legislador esta problemática?,
Aunque existe la posibilidad de tramitar incapacidad médica que haga constar la afectación que esta enfermedad genera, no es frecuente el uso de servicios prestadores de salud para esta evaluación, normalizando que la mujer deba cumplir con sus obligaciones laborales, asumiendo e incluso, esperando que sea totalmente funcional, mientras padece de un dolor incapacitante. Así, la menstruación y las complicaciones que desarrolla en algunas mujeres, continúan siendo discusión infravalorada tanto en los organismos de control como en empresas y empleadores.
La propuesta de reglamentar una licencia menstrual en el caso de Colombia implica una discusión necesaria en diferentes frentes de la sociedad incluido, por supuesto, el espectro político. El resultado de la discusión debería conducir a la regularización de un fácil acceso a certificado médico indicando padecimiento y consecuencias, obligando al empleador a conceder días de reposo necesarios, desterrando la idea errónea de lo que es una mujer menstruante. Aunque el término licencia genera por sí mismo reacciones negativas en empleadores, no es posible ignorar las repercusiones productivas que pueden llegar a originarse al cumplir con un cargo mientras se arrastran problemas de salud, y aunque esto último no es un caso de género, es una realidad que miles de mujeres conviven mensualmente con las dificultades de la dismenorrea.