Planear para prevenir: ese debe ser el lema de actuación para los departamentos jurídicos, las gerencias y las diversas ramas de cumplimiento normativo en las organizaciones para el 2024.
No. No hay una forma ni única ni inequívoca de negociar contratos. La respuesta pareciera sencilla y simple a mera vista, pero es un tema cada vez más relevante en el ejercicio de la profesión legal y, muchas veces, poco enseñado.
La pregunta parte de dos calificativos fundamentales: (i) la unicidad y (ii) el hecho de no ser sujeto a equivocarse. Sobre el primero, la Real Academia de la Lengua Española define el ser único como el adjetivo tendiente a caracterizar algo “sin otro de su especie”[1]. Por el contrario, inequívoco lo define como el adjetivo tendiente a caracterizar algo “que no admite duda o equivocación”[2]. Señalada la definición de ambas nociones, más aún se reafirma la respuesta dada líneas arriba: no hay una forma sin otra de su especie para negociar un contrato y, a su vez, no hay una forma que no admita duda o equivocación a la hora de realizar tan importante actuación.
Lo anterior lleva a preguntarse, entonces, ¿vale la pena enseñar a negociar contratos si no hay una forma única y/o inequívoca para ello? La respuesta, contrario sensu a la señalada líneas arriba, es categórica: sí. Sí vale – y mucho – la pena enseñar a negociar contratos así no haya una forma única y/o inequívoca para ello. Son tres razones que me permiten llegar a tan diciente respuesta:
- Nadie nace aprendido: como aprender a caminar o montar en bicicleta, el aprender las técnicas de negociación (como género) y de negociación de contratos (como especie) es un arte que requiere práctica, disciplina y, sobre todo, grandes mentores o referentes. Puede haber, sin duda, una noción primigenia de ser buen negociador, pero no por ello se está exento de tender a desarrollarla y perfeccionarla.
- Son variadas las técnicas: desde subirse al balcón hasta separar el problema de las personas, como fundamentos básicos del método de negociación de Harvard, hasta el sexto sentido que imparte la practica profesional de negociar complejos de baja, mediana y gran complejidad, hacen parte de las diferentes técnicas que engloban el arte de negociar contratos. Si bien no es lo mismo negociar un acuerdo de compraventa de acciones a un contrato de distribución o un acuerdo de confidencialidad, el sentido negocial no se pierde en uno u otro. Por el contrario, las técnicas, en todos, se masifican y son impresionantemente útiles al momento de tomar decisiones, ceder y cerrar.
- La práctica hace al maestro: sí que vale el refrán para argumentar porqué vale la pena enseñar a negociar contratos así no haya una forma única y/o inequívoca. Y, acá, el debate de la llegada de la inteligencia artificial cobra relevancia. ¿Nos veremos reemplazados por ella en la negociación contractual? Posiblemente, sí. Pero, el alcance interpretativo que le puede dar la mente humana a determinado planteamiento o cláusula específica no es algo que – por el momento – se vea posible a través de la AI o IoT. Así, practicar – y qué mejor que hacerlo en momentos de equivocación y en donde ello no represente un perjuicio directo a un cliente, a un negocio o a una idea – se concibe como una excelente oportunidad para no perder de vista que la relación es directamente proporcional: entre más se practica, más se mejora. Como el cirujano que entra a cirugía por primera vez, o el piloto que inicia sus horas de vuelo tras recibir la teoría, el futuro jurista llegará a negociar contratos desde temprana edad. Y la práctica hará que ello se convierta en lo que es: un arte a ser mejorado día a día.
En últimas, si bien no existe una forma ni única ni inequívoca de negociar contratos, sí vale – y mucho – la pena enseñar a negociar contratos desde temprana edad. No sólo por las tres razones arriba esgrimidas, y que perfectamente pueden ser debatibles – y que justo de eso se trata – sino, también, porque parte de una premisa básica del ejercicio de la profesión: buscar consensos para (ojalá) mitigar riesgos o problemas futuros. El contrato, al final, es el acuerdo de voluntades por excelencia y debe estar enfocado, más que en plantear cláusulas penales onerosas de difícil cumplimiento, generar la confianza recíproca máxima para que su ejecución salga bien y, caso no sea así, encontrar las salidas necesarias para dirimir la controversia. No se nos olvide: el ordenamiento jurídico podría sobrevivir – si fuese observado a cabalidad – a punta del postulado de la buena fe.
Enseñemos más la práctica de ejercer. Al final, la IA y su desarrollo tenderá a mostrarnos que allí radicará lo que la profesión buscará en los próximos años.
[1] Real Academia de la Lengua Española. Diccionario de la lengua española. (2021). Recuperado de único, única | Diccionario de la lengua española (2001) | RAE – ASALE
[2] Ídem.