(…) Este “grounding” de los aviones supone una reducción en la capacidad operacional de varias aerolíneas, situación que ya está teniendo sus efectos pues hemos visto la cancelación o retraso de varios vuelos. (…)
El pasado 5 de enero, el vuelo 1282 de Alaska Airlines tuvo que aterrizar de emergencia pues una puerta se separó del fuselaje ocasionando una despresurización de la cabina a 16.000 pies de altura, situación que alertó a las autoridades (FAA), a la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte (NTSB) y al fabricante; Boeing, cuyo CEO hace poco reconoció el error de la compañía.
La aviación civil siempre ha tenido como prioridad la gestión de la seguridad operacional, con el fin de mitigar aquellos riesgos que tienen potencialidad de causar accidentes. Siendo esto así, se inició una investigación con el fin de esclarecer las causas del incidente. Adicionalmente, como medida de prevención la FAA ordenó mantener en tierra los 737 MAX-9 con el fin de realizar las inspecciones pertinentes y efectuar los mantenimientos a que haya lugar.
En razón de esta situación, surge la necesidad de analizar los perjuicios directos e indirectos que surgen del incidente presentado en el vuelo AS1282. Evidentemente en un futuro vamos a ver como las reclamaciones de los pasajeros del vuelo en contra de la aerolínea van a tener lugar, situación que encaja dentro de los perjuicios directos, junto con la posible demanda que puede presentar AS en contra de Boeing con fundamento en los hallazgos que pueden encontrarse en la investigación y en la asunción de responsabilidad del CEO de Boeing.
Por otra parte, la decisión de la FAA de mantener en tierra los aviones 737 MAX-9, no solo afecta la operación de la aerolínea Alaska Airlines sino que también supone perjuicios para otras aerolíneas como lo son United, Copa, Aeromexico, entre otras, quienes en su flota tienen este tipo de aviones, pues estos en razón de la seguridad operacional deben ser revisados e inspeccionados. Este “grounding” de los aviones supone una reducción en la capacidad operacional de varias aerolíneas, situación que ya está teniendo sus efectos pues hemos visto la cancelación o retraso de varios vuelos, lo cual no solo implica la existencia de problemas de movilidad de miles de pasajeros, sino que a su vez implica que las aerolíneas estén obligadas a reconocer a aquellos pasajeros afectados la devolución del precio del tiquete, por lo que estas aerolíneas están sufriendo una serie de perjuicios indirectos en razón de los hechos ocurridos en el vuelo AS1282.
Indiscutiblemente esta decisión de la FAA es acertada pues busca mitigar los riesgos de la seguridad operacional que pueden presentarse con ocasión de este tipo de aviones, no obstante a lo anterior, esta decisión supone una serie de perjuicios, tales como el lucro cesante para aquellas aerolíneas cuyos aviones 737 MAX-9 no están operando.
Resulta entonces interesante seguir de cerca la investigación de la NTSB, pues las conclusiones a las que se llegue serán determinantes para las aerolíneas en el momento de tomar acciones frente a la operación de estas aeronaves.
Valeria Pombo Guerrero es Abogada de la Pontificia Universidad Javeriana, Asociada en Del Hierro Abogados, es parte del equipo de derecho aeronáutico de la firma, hace parte del Colegio de Abogados de Derecho Aeronáutico.