Planear para prevenir: ese debe ser el lema de actuación para los departamentos jurídicos, las gerencias y las diversas ramas de cumplimiento normativo en las organizaciones para el 2024.
Se acerca el final del año 2023 y, con este, la necesidad de observar una serie de obligaciones corporativas que acaecen para esta época. Entre las más destacadas, aquellas en el plano laboral – concentrando el listado que sigue en Colombia: (i) pago de la segunda parcela de la prima legal de servicios, (ii) causación de las cesantías (diferente a su pago, para el cual la fecha máxima es el 14 de febrero del próximo año), (iii) pago de la última dotación del año para los trabajadores que cumplen los requisitos legales para con ello, entre algunas – muchas – otras.
Proyectar el año nuevo que está por iniciar es y será importante para las empresas – independientemente de su tamaño, industria a la que pertenecen o actividad que desarrollan. Y, en razón a ello, este – último artículo del año para Lexir Latam – en donde cumplo un año escribiendo periódicamente y que generosamente me ha abierto su espacio de opinión para compartir algunos asuntos de relevancia – versa sobre tres obligaciones para las empresas en Latinoamérica que no existían el año que está por terminar, pero que serán de obligatoria observancia para el que inicia:
- En el caso de Colombia, una de las grandes novedades a nivel normativo para algunas empresas tiene que ver con un asunto cada vez más relevante: la sostenibilidad y los famosos criterios EGS (Environmental, Government, Social). A través de la Circular Externa 100-000010 del pasado mes de noviembre, la Superintendencia de Sociedades añadió un capítulo a la Circular Básica Jurídica. A través de esta, dispone recomendaciones administrativas para la presentación del reporte de sostenibilidad para empresas (i) vigiladas o sujetas a control por parte de la Superintendencia de Sociedades, y (ii) con ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 SMLMV (poco más de cuarenta mil millones de pesos colombianos) a corte 31 de diciembre de 2023, o a las entidades de diversos sectores que observen requisitos específicos que trae la Circular en cuestión. De extrema relevancia no perder de vista la mencionada, que suma un nuevo informe o reporta a ser presentado a la Superintendencia, a los ya existentes Informe 75 (Programa de Transparencia y Ética Empresarial y SAGRILAFT) e Informe 42 (Prácticas empresariales).
- En Chile, y recién en el último semestre del año que está por concluir, fue aprobada la Ley 21.595, a través de la cual se sistematizan los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente y que es de extrema relevancia, entre otras, por el abordaje que le da a la responsabilidad para las personas jurídicas y el sistema de compliance al interior de las empresas en el país austral. En este último punto, cobra importancia las modificaciones a la Ley 20.393 y, en particular, la asignación de uno o más sujetos responsables de aplicar los protocolos de cumplimiento, con independencia, y planes de implementación, con recursos y medios materiales e inmateriales, como la misma ley señala, necesaria para realizar sus labores. La materialización de lo que en otros países se conoce como Oficial de Cumplimiento.
- Si Colombia y Chile tienen algunas novedades en materia de criterios EGS y compliance, respectivamente, México presenta una novedad importante en materia de derecho laboral y, en particular, del home office para trabajadores. La Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, que entró en vigor recién algunos días atrás y será aplicable desde entonces y para el 2024, además de establecer definiciones relevantes como Accidente de Trabajo o Desconexión, establece una serie de obligaciones a ser observadas por las empresas empleadoras, destacándose, entre otras, el contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo modalidad de teletrabajo o establecer una Política de Teletrabajo que cumpla con una serie de requisitos que la norma trae consigo.
Latinoamérica en general – y los tres países acá abordados – presentan movimientos normativos importantes que dan cuenta del dinamismo de la regulación para sucesos que acontecen en el quehacer diario de las compañías en la región. El mundo va mucho más rápido que la expedición normativa – lo cual es natural – y edificar una debida planeación al interior de las corporaciones, sociedades y, en general, de las empresas a nivel regional hará que no haya sorpresas en el 2024. Planear para prevenir: ese debe ser el lema de actuación para los departamentos jurídicos, las gerencias y las diversas ramas de cumplimiento normativo en las organizaciones para el 2024. ¡Felices fiestas!
Santiago Bonivento es Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, con énfasis en derecho empresarial. Especialista en Dirección de Empresas y Liderazgo Digital. Magister MBA Gadex con énfasis en Relaciones Internacionales (Universidad Europea Miguel de Cervantes y Formato Educativo), beca parcial por la Organización de Estados Americanos. Profesor en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana.