«El debate acaba de cumplir 10 años, síntoma crónico de total inseguridad jurídica».
En los países en los que las plataformas digitales de transporte funcionan, que hoy por hoy son la gran mayoría, hubo debate sobre permitirlas, prohibirlas o regularlas. El auge de las plataformas digitales ha cambiado las dinámicas de los mercados, fenómeno que no es exclusivo del transporte de pasajeros, sino también en el sector del turismo o el comercio online. La llegada de plataformas de este estilo representa un reto para la legislación de cada país. Y es que esto es natural, pues las leyes fueron creadas para unas condiciones muy distintas a las que se dan el día de hoy.
Recientemente se ha hablado de la intención del gobierno nacional de presentar un proyecto de ley para prohibir las aplicaciones de transporte de pasajeros, lo que sería un mensaje negativo para las plataformas digitales que ven algún atractivo en el mercado colombiano. El debate acaba de cumplir 10 años, síntoma crónico de la total inseguridad jurídica alrededor del tema. Entonces, ¿cuál es el camino?
La primera plataforma digital de transporte de pasajeros que llegó con fuerza a Colombia fue Uber, por allá en el año 2013, teniendo una gran recepción por parte de los usuarios. Al cabo de unas pocas semanas ya acumulaba miles de descargas, generando furor con las innovadoras tarifas dinámicas. Sin embargo, a medida que iba creciendo la popularidad de estas aplicaciones, el panorama legal era cada vez más gris. No existía (ni existe) un marco regulatorio claro respecto del régimen que cobija a los conductores, vehículos y usuarios de las plataformas digitales de transporte.
Además, hay que sumarle del descontento del gremio de los taxistas, que con razón argumenta que para ellos sí hay una serie de requisitos legales e impuestos derivados de la prestación del servicio que no se le están requiriendo a los conductores de estas aplicaciones. También hay que recordar que la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó la suspensión de los servicios de Uber en todo el territorio nacional en diciembre del 2019, lo que generó revuelo entre las plataformas y los usuarios, haciendo que estas aplicaciones buscaran alternativas para operar.
Ya muchos países han logrado incorporar las plataformas digitales de transporte en su ordenamiento jurídico. La mayoría de los países europeos establecieron impuestos, regulaciones, y hasta un color determinado para los vehículos que prestan el servicio de transporte de pasajeros, los cuales conviven amigablemente con los taxis. Es claro que el camino no es prohibir las aplicaciones digitales ni cerrarse a las dinámicas globales del marcado.
La competencia es ideal para que el consumidor tenga alternativas acordes a sus gustos, necesidades y posibilidades. Si muchos otros regímenes legales han sido capaces de alcanzar un consenso razonable con las aplicaciones de transporte, Colombia no puede seguir resistiéndose a abrirle las puertas a las nuevas tecnologías.
Mauricio José Gómez Rodríguez es Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, cuenta con una Especialización en Derecho Aeronáutico y Espacial de la Universidad Pontificia Comillas (Madrid, España). LL.M. Derecho Marítimo y del Transporte de la Universidad Erasmus de Rotterdam (Rotterdam, Países Bajos).
Quisiera una reunión con el encargado de las plataformas digitales de transporte en Colombia.