«Parece ser que el cielo sí tiene límite, aunque casi nadie esté seguro de cuál es.»
«El cielo es el límite» es una frase usada por mucha gente para referirse a que no existen barreras para alcanzar los objetivos que cada quien se proponga. Y es que el cielo tiene una característica de infinidad que ha inspirado incontables historias, creencias y sueños que han impulsado a los seres humanos a tratar de conquistarlo. Pero cada vez que escucho que «el cielo es el límite» recuerdo que por más infinito que parezca, hasta esa bóveda celeste tiene un fin. ¿Hasta dónde llega el cielo y empieza el espacio exterior legalmente? La respuesta depende de a quién se le pregunte.
Lo primero que hay que cuestionarse, es sobre la utilidad de establecer hasta dónde llega el cielo para la ley. Así como el artículo 101 de nuestra Constitución Política contempla que el espacio aéreo hace parte de Colombia, los demás Estados también ejercen soberanía sobre su espacio aéreo, regida por las normas del derecho nacional, en especial derecho público y aeronáutico. No obstante, en el momento en el que el cielo se convierte espacio exterior la legislación cambia drásticamente, rigiéndose por las normas del derecho internacional, cuya característica es que se regule por tratados y convenios internacionales.
Como el límite es tan difuso, existen varios puntos de vista al respecto. La mayoría de perspectivas tratan de establecer la barrera a partir de la altitud. Un parámetro ampliamente aceptado es el de situar el límite del cielo en la línea de Von Karman, que es donde se considera que termina la atmósfera, a 100 kilómetros de la superficie de la tierra. Sin embargo, como la altura mínima en la cual un satélite puede estar en órbita es entre los 110 y 120 kilómetros, muchos Estados, institutos científicos y universidades ubican el límite del cielo en este punto. Caso aparte es el de Estados Unidos que considera que el cielo llega hasta los 80 kilómetros y a partir de ahí inicia el espacio exterior (porque de esta manera puede defender sus intereses sin transgredir la normativa internacional), o Australia, que decidió establecer el límite a través de su propia legislación nacional sin tener en cuenta el consenso internacional. Lastimosamente los tratados internacionales no han zanjado la discusión en este sentido.
Así, a manera de ejemplo, los extravangantes viajes turísticos al ‘espacio’ anunciados por empresas como Blue Origin o Virgin Galactic, son en realidad vuelos suborbitales que no exceden la atmósfera de la tierra y, por tanto, están sujetos a las normas del derecho nacional y aeronáutico. O al menos eso es lo que la teoría dicta, porque a ciencia cierta todavía no hay certeza para determinar la frontera entre lo uno y lo otro. Parece ser que el cielo sí tiene límite, aunque casi nadie esté seguro de cuál es. De todas formas, creo que el cielo ya no es una barrera, pues detrás del firmamento queda todo un universo por conocer.
Mauricio José Gómez Rodríguez es Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, cuenta con una Especialización en Derecho Aeronáutico y Espacial de la Universidad Pontificia Comillas (Madrid, España). LL.M. Derecho Marítimo y del Transporte de la Universidad Erasmus de Rotterdam (Rotterdam, Países Bajos).