En el último mes se han expedido distintos lineamientos, circulares y decretos, tendientes a modificar las reglas sobre la cuarentena y la exigencia del carné de vacunación.
Por un lado, la Circular 04 de 2022 estableció distintos escenarios para aplicar la cuarentena en Colombia. Primero, cuando estamos en presencia de algún síntoma de COVID 19 se debe observar los siguientes lineamientos:
- Si la persona es mayor de 60 años o tiene una preexistencia, la cuarentena será por el término de 7 días contados desde el primer síntoma de la enfermedad y con independencia de que la persona cuente o no con el esquema de vacunación. En este escenario, la persona deberá practicarse la prueba para confirmar el diagnóstico de la enfermedad.
- Si la persona es menor de 60 años o no tiene comorbilidad preexistente, deberá mantener la cuarentena durante 7 días contados desde el primer síntoma de la enfermedad, con independencia de que cuente o no con el esquema de vacunación. En cuanto a la prueba, esta solo debe realizarse bajo criterio médico.
Cuando estamos frente a una persona asintomática y que tuvo un contacto estrecho, se establece lo siguiente:
- Si la persona tiene el esquema de vacunación completo no está obligada a realizar cuarentena ni tampoco prueba de confirmación. Sin embargo, debe adoptar medidas básicas de bioseguridad (utilizar mascarillas y evitar visitar a personas consideradas vulnerables).
- Si la persona no cuenta con el esquema de vacunación completo debe mantener cuarentena durante 7 días contados desde el inicio de la exposición.
Como puede evidenciarse, con los nuevos lineamientos se redujeron los tiempos de cuarentena previamente establecidos (14 y 10 días) y éste dependerá tanto de la sintomatología, edad, comorbilidad, como del estado de vacunación.
De igual forma, el Ministerio de Salud recuerda que la expedición de incapacidades corresponde a la autonomía del médico, estando en la libertad de expedir una orden de aislamiento o una incapacidad médica, según la condición de cada paciente.
Por otro lado, el Ministerio de Trabajo recientemente expidió la Circular 03 del 2022, por medio de la cual estableció la posibilidad para las empresas de exigir el carné de vacunación a los trabajadores que presten sus servicios en: (i) eventos públicos y privados masivos, (ii) gastrobares, (iii) cines, (iv) conciertos; (v) eventos deportivos; (vi) museos; y (vii) establecimientos abiertos al público.
Sin embargo, esta circular genera múltiples vacíos e inquietudes, pues no es claro si el empleador puede tomar medidas disciplinarias o terminar contratos con justa causa en el evento en que los trabajadores se rehúsen a iniciar su esquema de vacunación, así como tampoco existe claridad sobre el alcance de la expresión “establecimientos abiertos al público” con el fin de conocer a qué trabajadores es posible exigir el carné o certificado de vacunación.
Ahora bien, en recientes entrevistas, el Ministro de Trabajo dejó clara la necesidad de regular con mayor precisión los efectos de esta circular.