Aunque pareciera una aclaración propia de la sociología, sí es necesario que legalmente se considere la diferencia entre medio ambiente y naturaleza, pues ambos términos suponen realidades distintas que pueden generar un impacto en cómo los seres humanos socializamos con el entorno.
Usualmente, al referirnos al medio ambiente, recurrimos a una visión utilitarista de nuestros ecosistemas, al presentarlo como un instrumento que consiente la satisfacción de las necesidades humanas. Es decir, que la protección de este nace en tanto se busca impedir el desmedro de la comodidad humana en la tierra. Responde a una visión antropocentrista del entorno, que ha permito una protección limitada y tardía a las problemáticas ya enunciadas por especialistas en el tema.
Por el contrario, la categoría naturaleza es en sí amplísima y permite incluir dentro de su comprensión las relaciones espirituales con el hábitat. Aquí, no se hace referencia únicamente a ideologías netamente religiosa, sino aceptar una relación social con el ambiente. Sería, absurdo caer en la idea casi prejuiciosa, de que este tipo de relaciones se les adjudican únicamente a los pueblos étnicos, en que la naturaleza es vista como una hermana. En cambio, estamos hablando de cualquier tipo de conexión con el espacio que se concibe como algo más que una simple fuente de medios de supervivencia.
Y aunque la diferenciación parece banal, aprehender que la naturaleza hace parte de nosotros, nos permitiría tener legislaciones más amigables, es decir, que no se proteja en tanto desventaja para el ser humano, sino porque lo merece en sí misma.
Así, a lo largo del tiempo, hemos observado como pueblos étnicos han sido afectados dentro de su relación espiritual con la naturaleza porque, a nuestros estándares de protección, (ejemplo, principio de prevención) poco o nada les interesa el provecho espiritual que la naturaleza pueda generar, pues en principio, los valores de la gobernanza global, les permite concluir a los gobernantes que el provecho económico y la demanda son muchísimo más importantes que una ideología de felicidad, sin ninguna justificación.
En Colombia, específicamente, este tipo de cambios son lo que realmente hacen honor a la constitución, que ha reconocido en nuestro territorio una sociedad con una “diversidad étnica y cultural”. Lo que, en futuras ocasiones, nos puede permitir una protección pronta e integral de lo que para muchos es el bienestar, la felicidad, el hogar, el hermano … la naturaleza.