Levantar barreras en peajes por congestión impactaría el recaudo y equilibrio de concesiones.
El 29 de abril de 2025 se radicó el Proyecto de Ley No. 437 de 2025, que busca: (i) facultar a las autoridades de tránsito para levantar las barreras en estaciones de peaje ante represamientos, y (ii) establecer tarifas especiales diferenciales para ciertas categorías de vehículos. Este análisis se centra en el primer punto.
Según el artículo primero, la norma permitiría que, en todo el país, las autoridades levanten las barreras en peajes administrados por concesionarios, la ANI o el INVIAS cuando haya congestión, hasta normalizar el flujo vehicular. Para ello, se demarcaría una línea amarilla a 200 metros de la talanquera; si la fila de vehículos alcanza esa línea, se podrían levantar las barreras por hasta cinco minutos. El artículo tercero indica que no se cobrará tarifa mientras dure la congestión.
Actualmente, el proyecto está en primer debate en el Senado. No es la primera vez que se presenta una iniciativa similar: el Proyecto de Ley 127 de 2023, con contenido y ponente similares, también está en trámite y ya fue aprobado en primer debate.
Estas propuestas surgen tras reportes de prensa sobre la supuesta vigencia de la Resolución 071 de 2009 del Ministerio de Transporte, que autorizaba temporalmente levantar las talanqueras ante represamientos. Sin embargo, el Ministerio ha aclarado que dicha resolución solo tuvo validez transitoria en 2009 y que el pago de peajes es obligatorio.
Pese a su enfoque popular, este tipo de proyectos ha tenido escasas probabilidades de convertirse en ley. Según la exposición de motivos del Proyecto 437, en los últimos cinco años se han archivado cerca de 15 iniciativas similares. Un factor clave en su desestimación han sido los conceptos negativos del Ministerio de Transporte y del Ministerio de Hacienda.
Por ejemplo, en el trámite del Proyecto 127 de 2023, el Ministerio de Hacienda pidió su archivo por ser incompatible con el Marco Fiscal y de Gasto de Mediano Plazo, dado su impacto fiscal incierto.
La preocupación es válida: permitir levantar las talanqueras afectaría directamente el recaudo de peajes, principal fuente de ingresos en los contratos de concesión vial. Esto alteraría las proyecciones financieras sobre las cuales se estructuraron dichos contratos, comprometiendo su equilibrio económico y financiero. Incluso, podría activar obligaciones contingentes del Estado en contratos con mecanismos de compensación, afectando el presupuesto nacional.
En conclusión, aunque siguen presentándose proyectos que buscan autorizar a las autoridades de tránsito a levantar barreras en caso de represamientos, su viabilidad legal es limitada debido al impacto económico que implicarían para las concesiones viales, advertido reiteradamente por los ministerios competentes.