La acción de cumplimiento es especialmente útil en sectores regulados
La acción de cumplimiento, aunque fue incorporada al ordenamiento jurídico mediante el artículo 87 de la Constitución Política y en la Ley 393 de 1997, es una acción constitucional que en los últimos años ha adquirido mayor visibilidad como una herramienta judicial eficaz y eficiente al alcance de los particulares, más allá de la acción de tutela, y que permite a toda persona acudir ante un juez administrativo con el fin de obligar a una autoridad a cumplir una ley o un acto administrativo que contenga un mandato expreso que deba observar la entidad.
El diseño procesal de esta acción constitucional es eficiente, pues únicamente exige constituir previamente en renuencia a la autoridad mediante una solicitud formal de cumplimiento, salvo que exista un perjuicio irremediable. La renuencia se configura si la autoridad no responde o insiste en el incumplimiento dentro de los diez días siguientes a la solicitud. Presentada la demanda, el juez cuenta con tres días para decidir sobre su admisión y debe proferir sentencia dentro de los veinte días siguientes.
En aquellos casos en los que prospera la acción de cumplimiento, la sentencia debe determinar la obligación incumplida contenida en una norma, ordenar el cumplimiento del deber omitido y fijar un plazo perentorio que, por regla general, no puede exceder diez días hábiles desde la ejecutoria. Si la autoridad incumple con lo ordenado, el juez puede sancionar por desacato o, incluso, configurarse responsabilidades penales o disciplinarias.
En este sentido, debe distinguirse la acción de cumplimiento de la acción de tutela, pues, aunque ambas son acciones constitucionales subsidiarias, la tutela protege los derechos fundamentales frente a amenazas o vulneraciones y permiteordenar medidas inmediatas de amparo; en cambio, la acción de cumplimiento busca hacer efectivos mandatos contenidos en leyes o actos administrativos, aun sin que exista un derecho fundamental comprometido, y permite ordenar a la autoridad renuente ejecutar lo ordenado por la norma incumplida dentro de un plazo perentorio.
Se debe aclarar que la acción de cumplimiento no tiene fines indemnizatorios, sino que pretende hacer respetar la eficacia material de las leyes y los actos administrativos, de modo que los perjuicios deben reclamarse por las otras acciones ordinarias pertinentes.
Por ejemplo, cuando un acto administrativo en firme reconoce un derecho o autorización, o cuando una ley ordena a una autoridad realizar una actuación concreta dentro de un plazo, la omisión injustificada de la entidad puede exigirse mediante acción de cumplimiento. En estos casos, al existir un mandato claro, expreso, exigible e inobjetable, el interesado puede requerir formalmente su cumplimiento, acreditar la renuencia administrativa y acudir ante el juez para que ordene ejecutar el deber omitido.
Así, la acción de cumplimiento es especialmente útil en sectores regulados como infraestructura, telecomunicaciones, energía, minería, ambiente y recursos naturales, donde el incumplimiento de leyes o actos administrativos por parte de una autoridad puede afectar gravemente la ejecución de proyectos. Su creciente uso confirma su valor práctico como mecanismo judicial ágil y eficaz para exigir el cumplimiento de mandatos legales y administrativos.
Alejandro Agudelo Navarro
Litigation Attorney at Holland & Knight LLP





