Redacción Lexir
Si vas a contratar una empleada doméstica por días en Colombia, una de las dudas más comunes es cuánto pagar legalmente y si también debes cotizar seguridad social aunque solo trabaje uno o dos días a la semana.
La respuesta corta es clara: sí, incluso si trabaja por días debes pagar seguridad social y prestaciones proporcionales, porque el trabajo doméstico genera una relación laboral protegida por la ley colombiana.
En este artículo actualizado para 2026 te explico cuánto pagar por día, cómo calcular el valor real, cuándo cotizar semanalmente a seguridad social y ejemplos reales de cuánto termina costando una empleada doméstica por días en Colombia.
Salario mínimo 2026 en Colombia y cómo afecta el pago por días
Para calcular cuánto pagar por día a una empleada doméstica primero debemos partir del salario mínimo legal vigente (SMMLV).
Para 2026, el Gobierno fijó los siguientes valores:
| Concepto | Valor 2026 |
|---|---|
| Salario mínimo | $1.750.905 |
| Auxilio de transporte | $249.095 |
| Total ingreso mínimo | $2.000.000 |
Este aumento fue establecido mediante los Decretos 1469 y 1470 de 2025, que fijaron el salario mínimo y el auxilio de transporte para el año 2026.
Cuánto se paga por día a una empleada doméstica en 2026
Cuando el trabajo es por días, el salario se calcula dividiendo el salario mínimo entre 30 días.
Cálculo base 2026
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Salario diario | $58.363 |
| Auxilio transporte diario | $8.303 |
| Subtotal | $66.666 |
Sin embargo, la ley exige pagar también el descanso dominical proporcional, por lo que el valor mínimo real por día suele quedar cerca de:
👉 $76.000 por día aproximadamente.
Resumen práctico
| Concepto | Valor aproximado |
|---|---|
| Pago mínimo legal por día | $76.000 |
| Pago común en ciudades grandes | $80.000 – $120.000 |
En ciudades como Bogotá o Medellín, muchos hogares pagan entre $90.000 y $120.000 por día, dependiendo de tareas, experiencia y tamaño del hogar.
Si la empleada doméstica trabaja por días ¿hay que pagar seguridad social?
Sí. Siempre.
Este es uno de los errores más comunes en los hogares colombianos: creer que si una trabajadora doméstica va solo uno o dos días por semana, no es necesario afiliarla a seguridad social.
La ley dice lo contrario.
El Decreto 2616 de 2013 permite cotizar a seguridad social de forma semanal, precisamente para trabajadores por días como:
empleadas domésticas
jardineros
cuidadores
personal de aseo por horas
Esto significa que sí debes afiliarla a salud, pensión y ARL, aunque solo trabaje algunas jornadas al mes.
Cómo funciona la cotización semanal para empleadas domésticas
La cotización se calcula según cuántos días trabaja en el mes.
| Días trabajados al mes | Cotización |
|---|---|
| 1 a 7 días | 1 semana |
| 8 a 14 días | 2 semanas |
| 15 a 21 días | 3 semanas |
| 22 a 30 días | 4 semanas |
Los aportes se pagan mediante la planilla PILA, igual que cualquier trabajador formal.
Ejemplo real 1: empleada doméstica que trabaja 1 día por semana
Supongamos una trabajadora doméstica en Bogotá que trabaja todos los martes.
Pago por día
$90.000
Pago mensual
4 días × $90.000
👉 $360.000
Seguridad social aproximada
Como trabaja 4 días al mes, corresponde cotizar 1 semana.
Valor aproximado de aportes:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Salud | $40.000 |
| Pensión | $55.000 |
| ARL | $5.000 |
👉 Total aproximado: $100.000
Costo mensual real
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Salario | $360.000 |
| Seguridad social | $100.000 |
| Provisión prestaciones | $70.000 |
👉 Costo real aproximado: $530.000 al mes
Ejemplo real 2: empleada doméstica que trabaja 2 días por semana
Supongamos ahora una trabajadora que trabaja lunes y jueves.
Pago por día
$95.000
Pago mensual
8 días × $95.000
👉 $760.000
Seguridad social
Como trabaja 8 días al mes, corresponde cotizar 2 semanas.
Aportes aproximados:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Seguridad social | $200.000 |
Costo total aproximado
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Salario | $760.000 |
| Seguridad social | $200.000 |
| Prestaciones provisión | $140.000 |
Prestaciones sociales que también debes pagar
La empleada doméstica por días tiene los mismos derechos laborales que cualquier trabajador.
Esto fue reafirmado por la Corte Constitucional en la sentencia C-871 de 2014, que eliminó diferencias injustificadas entre el trabajo doméstico y otros trabajos.
Por lo tanto, también debes pagar:
1. Prima de servicios
Reconocida para el trabajo doméstico por la Ley 1788 de 2016.
Se paga:
mitad en junio
mitad en diciembre
2. Cesantías
Equivalen a un mes de salario por cada año trabajado.
Se consignan en el fondo de cesantías antes del 14 de febrero.
3. Intereses a las cesantías
Corresponden al 12% anual sobre las cesantías.
Se pagan antes del 31 de enero.
4. Vacaciones
Las empleadas domésticas tienen derecho a:
👉 15 días hábiles por año trabajado
Si trabaja por días, se pagan proporcionalmente.
Error común: pagar “solo el día” sin seguridad social
Muchos empleadores pagan:
“$80.000 el día y ya”.
Pero legalmente eso no cumple con la normativa laboral.
Si un trabajador demuestra que hubo relación laboral sin afiliación a seguridad social, un juez puede ordenar:
pago retroactivo de aportes
pago de prestaciones
indemnización laboral
sanciones del Ministerio de Trabajo
Las multas pueden llegar hasta 5.000 salarios mínimos.
Cuánto se paga realmente por día en Colombia (2026)
Aunque el mínimo legal ronda los $76.000, en la práctica los valores son mayores.
Promedio en grandes ciudades:
| Ciudad | Pago promedio |
|---|---|
| Bogotá | $90.000 – $120.000 |
| Medellín | $80.000 – $110.000 |
| Cali | $80.000 – $100.000 |
| Barranquilla | $70.000 – $95.000 |
El valor depende de:
tamaño de la casa
número de personas
si cocina
si lava ropa
si cuida niños
experiencia
Preguntas frecuentes sobre empleadas domésticas por días en Colombia (FAQ)
¿Si una empleada doméstica trabaja por días también debe tener seguridad social?
Sí. La afiliación a seguridad social es obligatoria incluso cuando la trabajadora doméstica presta servicios solo algunos días al mes.
Este deber se sustenta principalmente en:
Artículo 48 de la Constitución Política, que establece que la seguridad social es un derecho irrenunciable y un servicio público obligatorio.
Decreto 2616 de 2013, que creó un sistema especial de cotización por semanas para trabajadores dependientes que laboran por periodos inferiores a un mes, como las empleadas domésticas por días.
Este decreto permite que los empleadores coticen de forma proporcional al número de días trabajados, garantizando que el trabajador tenga acceso a:
pensión
riesgos laborales
subsidio familiar
Los aportes se realizan mediante la planilla PILA, el mismo sistema utilizado por cualquier empresa en Colombia.
En otras palabras, el hecho de que el trabajo sea por días no elimina la obligación de afiliación al sistema de seguridad social.
¿Cómo se cotiza la seguridad social cuando la empleada doméstica trabaja por días?
La legislación colombiana permite cotizar por semanas, dependiendo del número de días trabajados en el mes.
Este mecanismo está regulado por el Decreto 2616 de 2013, que establece la siguiente tabla:
| Días trabajados al mes | Semanas a cotizar |
|---|---|
| 1 a 7 días | 1 semana |
| 8 a 14 días | 2 semanas |
| 15 a 21 días | 3 semanas |
| 22 a 30 días | 4 semanas |
Esto significa, por ejemplo:
Si la empleada doméstica trabaja solo un día a la semana, el empleador cotiza una semana al mes.
Si trabaja dos días por semana, normalmente se cotizan dos semanas al mes.
El objetivo de esta norma fue facilitar la formalización laboral en sectores donde el trabajo suele ser parcial o por jornadas, como el servicio doméstico.
¿Las empleadas domésticas por días tienen derecho a prima de servicios?
Sí. Las trabajadoras domésticas tienen derecho a prima de servicios, incluso cuando trabajan por días.
Este derecho fue reconocido expresamente en la Ley 1788 de 2016, que modificó el régimen laboral del trabajo doméstico para garantizar igualdad de derechos frente a otros trabajadores.
La prima corresponde a 30 días de salario por año trabajado, pagados en dos cuotas:
primera mitad antes del 30 de junio
segunda mitad antes del 20 de diciembre
Cuando el trabajo es por días, la prima se paga proporcionalmente al tiempo trabajado.
La Corte Constitucional ha señalado que excluir al trabajo doméstico de prestaciones laborales sería discriminatorio y contrario al principio de igualdad laboral, reconocido en el artículo 13 de la Constitución.
¿Se debe pagar auxilio de transporte a una empleada doméstica por días?
Sí, siempre que se cumplan las condiciones legales.
El auxilio de transporte debe pagarse cuando:
la trabajadora gana hasta dos salarios mínimos
no vive en el lugar de trabajo
Esto aplica también para empleadas domésticas por días.
El auxilio se paga proporcionalmente al número de días trabajados, conforme a lo establecido en la legislación laboral y los decretos que fijan anualmente el salario mínimo.
Si la trabajadora vive en la casa del empleador (trabajo interno), el auxilio no se paga porque el transporte no se requiere.
¿Cuál es el salario mínimo para empleadas domésticas en 2026?
Para 2026, el salario mínimo en Colombia quedó fijado aproximadamente en:
$1.750.905 de salario básico
$249.095 de auxilio de transporte
Esto da un ingreso mínimo mensual cercano a $2.000.000 para quienes tienen derecho al auxilio.
Cuando el trabajo es por días, el cálculo se hace dividiendo el salario mensual entre 30 días, lo que da aproximadamente:
$58.363 de salario diario
$8.303 de auxilio de transporte diario
Esto significa que el mínimo legal diario ronda los $66.000, sin incluir provisión de prestaciones sociales.
Sin embargo, en la práctica muchas familias pagan entre $80.000 y $120.000 por día, dependiendo de la ciudad, la experiencia de la trabajadora y las funciones que realiza.
¿Se puede pagar solo el día trabajado sin prestaciones?
No. Las prestaciones sociales son obligatorias incluso cuando el trabajo es por días.
Las empleadas domésticas tienen derecho a:
prima de servicios
cesantías
intereses a las cesantías
vacaciones
Este reconocimiento se fundamenta en:
el Código Sustantivo del Trabajo
la Ley 1788 de 2016
la jurisprudencia de la Corte Constitucional, que ha señalado que el trabajo doméstico debe recibir la misma protección laboral que cualquier otra actividad.
Por lo tanto, pagar únicamente un valor por día sin provisión de prestaciones ni seguridad social puede generar responsabilidades laborales para el empleador.
¿El contrato de una empleada doméstica por días debe ser escrito?
La ley colombiana permite que el contrato de trabajo sea verbal o escrito.
Sin embargo, para el servicio doméstico se recomienda firmar un contrato escrito, porque permite definir con claridad:
días de trabajo
funciones
salario
forma de pago
afiliación a seguridad social
Además, en caso de conflicto laboral, el contrato escrito sirve como prueba de las condiciones laborales pactadas.
En derecho laboral colombiano también aplica el principio de primacía de la realidad sobre las formalidades, lo que significa que si existe subordinación y pago de salario, existe contrato de trabajo incluso sin documento escrito.
¿Qué pasa si el empleador no paga seguridad social a una empleada doméstica?
Si el empleador no afilia a la trabajadora al sistema de seguridad social, puede enfrentar varias consecuencias jurídicas.
Entre ellas:
Multas del Ministerio del Trabajo, que pueden llegar hasta 5.000 salarios mínimos según la gravedad de la infracción.
Demandas laborales ante la jurisdicción laboral.
Pago retroactivo de aportes a seguridad social.
Reconocimiento de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
Además, los jueces laborales suelen aplicar el principio de protección al trabajador, lo que implica que las normas se interpretan en favor del trabajador cuando existe duda sobre la relación laboral.
Conclusión
El trabajo doméstico por días en Colombia está plenamente regulado por la legislación laboral. Aunque la prestación del servicio sea parcial, el empleador debe garantizar salario mínimo proporcional, afiliación a seguridad social, prestaciones sociales y condiciones laborales dignas.
Normas como la Ley 1788 de 2016 y el Decreto 2616 de 2013 buscan precisamente reducir la informalidad en este sector y garantizar que las trabajadoras domésticas tengan acceso a protección social, pensión y derechos laborales básicos.
Cumplir con estas obligaciones no solo evita sanciones legales, sino que contribuye a formalizar el trabajo doméstico y proteger uno de los sectores laborales históricamente más vulnerables en Colombia.





