La libertad tarifaria es la clave detrás de la democratización del sector aéreo.
La reciente discusión sobre la posible imposición de «techos» a las tarifas aéreas en Colombia ha reabierto un debate de especial relevancia para el sector de la aviación y el derecho de la competencia. Mientras el Gobierno Nacional explora mecanismos de control para mitigar el impacto en los consumidores durante temporadas de alta demanda, la industria advierte sobre los riesgos de vulnerar un modelo que ha definido la competitividad del sector por más de una década. Desde una óptica jurídica, este pulso invita a cuestionar si la intervención estatal es una medida proporcional o una regresión frente a un sistema que ha probado su eficiencia técnica y operativa.
El hito normativo: la libertad tarifaria plena
El marco legal del mercado aéreo colombiano se transformó radicalmente con la Resolución 904 de 2012 de la Aeronáutica Civil. Esta norma no fue un hecho aislado, sino la culminación de un proceso de apertura iniciado en los años noventa con la expedición de la Constitución Política de 1991. Al derogar los niveles máximos y mínimos, el Estado transitó de una intervención total hacia un esquema de libertad plena fundamentado en la autonomía privada y la libre competencia, conforme al artículo 333 de la Constitución Política.
Bajo este marco, la tarifa dejó de ser una cifra estática para convertirse en un instrumento dinámico en los esquemas de costos de las aerolíneas. La evidencia histórica sugiere que el control de precios, vigente bajo esquemas de intervención, limitó crónicamente el crecimiento del sector, escenario que se revirtió sustancialmente con la liberalización.
Impacto y beneficios: el crecimiento del mercado
Desde la implementación del régimen de libertad plena en 2012, los indicadores de consumo y competencia han mostrado una evolución sin precedentes en el país. Esta transformación se evidencia en una expansión de la demanda que pasó de movilizar alrededor de 20 millones de pasajeros anuales al cierre de 2011 a una proyección para el año 2025 que, según las bases de datos de la Aeronáutica Civil, podría acercarse a los 58 millones, consolidando una democratización masiva del servicio. Tal dinamismo fue impulsado por la libertad de precios, la cual actuó como catalizador para la incursión de operadores bajo el modelo low cost, obligando a los agentes tradicionales a segmentar sus productos y ofrecer nuevas alternativas de servicios. En última instancia, esta estructura de mercado facilitó el acceso al transporte aéreo a nichos anteriormente excluidos por los altos costos fijos derivados de la regulación, traduciéndose en una mayor eficiencia para el consumidor.
Consideraciones finales
Desde la perspectiva del Derecho de la Competencia, la imposición de techos podría derivar en fallas de mercado, como el desincentivo a la oferta o la reducción de la conectividad en regiones de menor densidad poblacional. Antes que retornar a controles administrativos, el reto de la política pública reside en fortalecer la infraestructura aeroportuaria, factor que realmente condiciona la formación de precios en un mercado que ya ha demostrado que su mejor regulador es la competencia.
Luis Miguel Huertas Cardozo es Abogado de la Universidad de Ibagué con especialización en Regulación de Mercados de la Universidad Externado, cuenta con experiencia en derecho aeronáutico y competencia, actualmente se desempeña como Líder del Área de Derecho Aeronáutico en Del Hierro Abogados.






