Cuando alguien empieza un nuevo trabajo en Colombia, es común que el contrato incluya un periodo de prueba. Pero ¿qué pasa si el empleador decide terminar el contrato en ese tiempo? ¿Debe explicar por qué? ¿Debe pagar indemnización? Aquí te contamos, con base en la ley y en la jurisprudencia más reciente de la Corte Suprema de Justicia, cómo funciona este tema.
Redacción Lexir
¿Qué es el periodo de prueba y para qué sirve?
El periodo de prueba es el tiempo inicial del contrato donde ambas partes —empleador y trabajador— pueden evaluar si la relación laboral funciona.
El empleador revisa si el trabajador tiene las aptitudes necesarias para el cargo.
El trabajador puede comprobar si las condiciones laborales le convienen.
Legalmente, el periodo de prueba debe pactarse por escrito y no puede durar más de dos meses. En contratos a término fijo inferiores a un año, no puede superar la quinta parte del tiempo total pactado.
¿La carta de terminación debe explicar un motivo?
No.
Según el Código Sustantivo del Trabajo (artículos 76 a 80), el empleador puede terminar el contrato sin necesidad de expresar un motivo específico durante el periodo de prueba. Esta facultad se conoce como un derecho potestativo: significa que el empleador tiene libertad para decidir si el trabajador continúa o no.
⚠️ Importante: aunque no tenga que explicar el motivo, la terminación no puede ser discriminatoria ni violar derechos fundamentales (por ejemplo, no se puede despedir por embarazo, religión, raza, estado de salud o afiliación sindical).
Obligaciones del empleador al terminar en periodo de prueba
Aunque la ley le da flexibilidad al empleador, existen deberes que no se pueden pasar por alto:
Comunicar por escrito la terminación antes de que acabe el periodo de prueba.
Pagar todo lo trabajado: salario proporcional, auxilio de transporte (si aplica), cesantías e intereses, prima de servicios y vacaciones proporcionales.
Respetar derechos fundamentales: la decisión no puede ser arbitraria ni discriminatoria.
👉 Si el empleador cumple con estos puntos, no tiene que pagar indemnización.
Que dicen los jueces y magistrados del periodo de prueba:
Jurisprudencia clave de la Corte Suprema de Justicia
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema ha sido clara:
Durante el periodo de prueba, el empleador puede terminar el contrato sin causa justificada, siempre que respete los derechos fundamentales del trabajador y las formalidades legales.
Sentencia SL4103-2018 (Rad. 60194):
La Corte indicó que el empleador puede poner fin al contrato sin motivación ni indemnización durante el periodo de prueba, porque justamente es una etapa para evaluar aptitudes. Sin embargo, advirtió que no puede haber discriminación ni vulneración de garantías constitucionales.
Otros pronunciamientos:
La Corte ha reiterado que aunque no se exige justificar el despido, la decisión no puede usarse de forma arbitraria para ocultar discriminación.
También ha enfatizado que el periodo de prueba debe pactarse por escrito y dentro de los plazos legales; si no se hace así, se pierde el beneficio de terminar sin causa.
Buenas prácticas recomendadas
Aunque no es obligatorio explicar el motivo de la terminación, es aconsejable:
Entregar un certificado simple que diga que la relación terminó porque el trabajador no superó el periodo de prueba.
Documentar internamente los motivos de la decisión (esto ayuda si hay reclamaciones futuras).
Mantener una comunicación respetuosa para cuidar la reputación de la empresa y evitar conflictos.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
1. ¿Me pueden despedir sin darme explicaciones durante el periodo de prueba?
Sí. El empleador no está obligado a explicar las razones de la terminación mientras el periodo de prueba haya sido pactado legalmente y se respeten tus derechos fundamentales.
2. ¿Tengo derecho a indemnización si me despiden en el periodo de prueba?
No. Durante el periodo de prueba no se genera indemnización, solo el pago de salarios y prestaciones por el tiempo trabajado.
3. ¿Qué prestaciones deben pagarme si me despiden en el periodo de prueba?
Te deben pagar salario proporcional, auxilio de transporte (si aplica), prima de servicios, cesantías con intereses y vacaciones proporcionales.
4. ¿Me pueden despedir estando embarazada en el periodo de prueba?
No. Aunque el empleador pueda terminar sin causa, no puede hacerlo por motivos de embarazo. En ese caso, el despido podría ser ineficaz y ordenarse el reintegro.
5. ¿Es obligatorio entregar una carta de terminación?
Sí. La terminación debe ser por escrito para que tenga efectos legales.
6. ¿Qué pasa si el periodo de prueba no fue pactado por escrito?
Si no hay acuerdo escrito, no existe periodo de prueba legalmente válido, y el despido se considera como si fuera un contrato normal, lo que podría implicar indemnización.
Conclusión
El periodo de prueba es una herramienta legal para que el empleador evalúe al trabajador y decida si continúa o no.
No necesita justificar la terminación ni pagar indemnización, siempre que se cumplan las formalidades legales.
Debe pagar todo lo trabajado y actuar sin discriminación ni vulneración de derechos fundamentales.
La Corte Suprema de Justicia ha sido clara en que este derecho existe, pero no es ilimitado: debe ejercerse de forma objetiva, respetando la Constitución y el Código Sustantivo del Trabajo.
Modelo de Carta de Terminación de Contrato en Periodo de Prueba
[Ciudad], [fecha completa]
Señor(a):
[Nombre completo del trabajador]
C.C. No. [número de cédula]
[Dirección del trabajador]
Asunto: Terminación de contrato de trabajo durante el periodo de prueba
Estimado(a) [Nombre del trabajador]:
En calidad de representante legal de [Nombre de la empresa], identificada con NIT [NIT de la empresa], y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes (artículos 76 a 80 del Código Sustantivo del Trabajo y Ley 2466 de 2025), me permito informarle que su contrato de trabajo suscrito el día [fecha de inicio], y que se encontraba en periodo de prueba, se dará por terminado a partir del día [fecha efectiva de terminación].
De acuerdo con la legislación laboral colombiana, la terminación durante el periodo de prueba constituye un derecho potestativo del empleador y no requiere expresar causa específica. Sin embargo, esta decisión se adopta respetando plenamente sus derechos fundamentales y sin que medie discriminación alguna.
Le informamos que procederemos a realizar la liquidación y pago de salarios y prestaciones sociales proporcionalescorrespondientes al tiempo efectivamente laborado, que incluyen: salario, auxilio de transporte (si aplica), cesantías e intereses, prima de servicios y vacaciones proporcionales.
Agradecemos el tiempo y disposición que dedicó a nuestra compañía y le deseamos éxito en sus próximos proyectos profesionales.
Atentamente,
[Nombre del representante legal o jefe de RR.HH.]
Cargo: [Representante legal / Gerente de Recursos Humanos]
[Nombre de la empresa]
NIT [NIT de la empresa]
Teléfono / Correo electrónico de contacto