La aplicación de este régimen plantea interesantes desafíos en materia de transición normativa.
La aplicación del régimen de grandes exposiciones establecido en el Decreto 1533 de 2022 es uno de los aspectos de la regulación financiera que concentra actualmente el estudio y atención por parte de los establecimientos de crédito. La expedición de este decreto formó parte de una actualización normativa dirigida a reducir el riesgo de concentración de los establecimientos de crédito y a limitar la pérdida máxima a la que se exponen cuando sus contrapartes incumplan o entren en default, observándose en los objetivos de ese régimen el reflejar de manera más precisa el riesgo, mejorar el reporte de información al supervisor y fortalecer el monitoreo de las grandes exposiciones.
Para lograr su objetivo, el decreto establece que las operaciones computables y el cálculo de la exposición deben corresponder a aquellas que se definen en el marco de requerimientos de capital para el riesgo de crédito, lo cual refleja una diferencia relevante frente al régimen anterior que fijaba a las operaciones activas de crédito como criterio orientador.
Si bien es claro el propósito del régimen de grandes exposiciones, resulta pertinente remitirse a su origen para tener un entendimiento completo sobre el mismo, pues surge a partir de dos fuentes que contribuyeron a su diseño. Por un lado el Programa de Evaluación de los Sistemas Financieros (FSAP) propuso una serie de recomendaciones para converger con el principio 19 de los Principios de Supervisión Bancaria de Basilea referido a riesgo de concentración y grandes exposiciones; y por otro lado, la URF publicó un estudio en virtud del cual fue presentado un diagnóstico de la regulación vigente en el país en materia de límites a las grandes exposiciones de los establecimientos de crédito y los cupos individuales de crédito de las demás entidades vigiladas, resaltando elementos cruciales para una eventual propuesta normativa.
Con base en lo anterior, se establecieron frentes de análisis para la actualización de la regulación, generando la expedición del Decreto 1533 de 2022.
Ahora bien, procurando fijar lineamientos para la aplicación del Decreto 1533, la Superintendencia Financiera de Colombia publicó para comentarios un Proyecto de Circular Externa por medio del cual imparte instrucciones para la gestión de los límites a las grandes exposiciones y concentración de riesgos de los establecimientos de crédito, y de los cupos individuales de crédito de las demás entidades vigiladas.
Dentro de las instrucciones impartidas se destacan: (i) la obligación de diseñar e implementar políticas y procedimientos para la gestión de los riesgos asociados con esta materia; (ii) la inclusión de criterios adicionales para determinar la existencia de una situación de interdependencia económica entre contrapartes; y (iii) la inclusión de un listado con las garantías admisibles que cumplen los requisitos de idoneidad para ser computables en el control de las grandes exposiciones y la concentración de riesgos, así como el factor de ajuste de riesgo aplicable a las garantías para el cálculo del valor de exposición, además de un factor de ajuste cambiario.
La aplicación de este régimen plantea interesantes desafíos en materia de transición normativa, definición de límites de exposición, consideraciones sobre el impacto en límites individuales y consolidados, efectos de las garantías, entre otros, algunos de los cuales podrían ser abordados, para mejor entendimiento de las entidades vigiladas, en el instructivo a expedir por la SFC.
Lissa Parra es Senior Associate de Garrigues. Abogada de la Universidad de los Andes con especialización en Legislación Financiera de la misma universidad, Maestría en Derecho Financiero y de Mercado de Capitales (LL.M) de la Universidad de Georgetown.