En los últimos meses se han generado novedades jurídicas en materia de maternidad con enfoque de género que garantizan una verdadera diversidad e inclusión.
En los últimos meses se han generado novedades jurídicas en materia de maternidad, tales como los cambios establecidos en el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo sobre el período de lactancia (Ley 2306 de 2023) y la reiteración de disposiciones sobre maternidad y paternidad establecidas en el texto de reforma laboral presentado en la anterior legislatura, los cuales fueron replicados en el último texto presentado por el Ministerio de Trabajo ante el Congreso el día 24 de agosto de 2023.
Ahora bien, el presente artículo expondrá aquellas novedades sobre maternidad y paternidad que tienen un enfoque de género, las cuales relacionamos a continuación:
- Sentencia C-324 de 2023 de la Corte Constitucional sobre otorgamiento de licencia de maternidad a personas no binarias y hombres trans: La Corte Constitucional revisó la exequibilidad de las expresiones “trabajadora” y “mujer” incluidas en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo que regula la licencia de maternidad y demás licencias parentales, haciendo la salvedad que dichas expresiones deben entenderse extensibles no solo a las mujeres, sino a las personas no binarias y hombres trans que experimenten procesos de gestación.
Lo anterior, constituye un gran avance en materia de identidad de género, toda vez que si bien es claro que la licencia de maternidad debe otorgarse a cualquier persona que haya estado en embarazo, no toda persona en capacidad de gestar se identifica como mujer, pues sin perjuicio de mantener un aparato reproductor que le permita estar en gravidez, en atención a derechos constitucionales como el libre desarrollo a la personalidad, libertad y dignidad pueden identificarse como no binarios o como hombres trans con capacidad de gestar.
- Disposiciones sobre licencias de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo: Una de las principales novedades del nuevo proyecto de reforma laboral, es que en el capítulo de medidas de equidad y reducción de brechas se incluyó una disposición que aclara un problema jurídico que se ha venido presentando en la práctica sobre el manejo de las licencias de maternidad y paternidad para parejas adoptantes homoparentales.
En ese sentido, el artículo 51 del proyecto de Ley radicado ante el Congreso establece que en caso de parejas del mismo sexo que sean parte de procesos de adopción, será la misma pareja la que determine quién de ellos gozará la licencia de maternidad y quien la de paternidad, en las mismas condiciones previstas para familias hetero parentales adoptantes.
Así las cosas, se tiene que este tipo de disposiciones garantizan una verdadera diversidad e inclusión en la ejecución práctica que van de la mano con las garantías constitucionales y el panorama actual en materia de género e identidad.