De la aplicación mecánica de normas procesales resultan cargas excesivas e injustificadas.
El excesivo ritualismo en el que caen algunos funcionarios judiciales a la hora de decidir sobre la admisión de demandas se ha convertido en un tema de preocupación creciente. Este fenómeno se refleja en la práctica de imponer requisitos formales excesivos y en extremo rigurosos para determinar la admisibilidad de las demandas. Dicha práctica obstaculiza el acceso a la justicia, dilata los procesos judiciales y genera costos innecesarios para las partes involucradas y para el sistema mismo.
El fenómeno antes descrito, por supuesto, se enmarca como una forma de exceso ritual manifiesto; es decir, de acuerdo con la Corte Constitucional, un defecto procedimental que:
“(…) se presenta cuando el funcionario judicial, por un apego extremo y una aplicación mecánica de las formas, renuncia conscientemente a la verdad jurídica objetiva patente en los hechos, derivándose de su actuar una inaplicación de la justicia material y del principio de la prevalencia del derecho sustancial” (Sentencia T-234/17).
La problemática
El exceso ritual manifiesto en la admisión de demandas, en primer lugar, puede actuar como una barrera para el acceso efectivo a la justicia. Esto, especialmente, para aquellos individuos con recursos limitados o con menor conocimiento del sistema legal. Tal problemática se exacerba, todavía más, en los casos en los que la ley habilita la interposición de demandas sin la necesidad de abogado.
Además, este exceso puede generar una carga adicional para los jueces y para las partes, al prolongar innecesariamente los procedimientos judiciales. Frecuentemente, de la inadmisión y eventual rechazo de una demanda por aplicación irrestricta de normas procesales resultan una serie de recursos que dilatan la resolución material del conflicto y congestionan el sistema judicial. Todo un procedimiento que puede redundar, en últimas, en la simple denegación de justicia para quien busca materializar sus derechos por vía jurisdiccional.
Efectos
Una inadmisión y eventual rechazo de la demanda por exceso ritual manifiesto puede constituirse como un desincentivo para demandar. Claramente, la aplicación a rajatabla de la norma procesal, su indebida aplicación, o aplicación mecánica e irreflexiva puede resultar en cargas excesivas e injustificadas para los demandantes.
Esta situación, sin embargo, no solo afecta a las partes involucradas en el litigio: también impacta negativamente en la eficiencia y credibilidad del sistema judicial en su conjunto.
Posibles Soluciones
Parte de la solución a esta problemática radica en implementar medidas que promuevan un equilibrio entre la necesidad de garantizar el cumplimiento de requisitos formales y el acceso efectivo a la justicia. Este postulado de difícil materialización debe pasar, en todo caso, por la simplificación de procedimientos, pero más todavía, por cambios en la mentalidad de los jueces y el enfoque frecuentemente ritualista de sus fallos.
Esto implica, por supuesto, revisar y simplificar los requisitos formales para la presentación de demandas, evitando trámites y requerimientos innecesarios que no contribuyan a la sustancia del caso. Lo anterior, ayudaría a garantizar que los jueces evalúen las demandas con un enfoque, precisamente, sustantivo y no meramente formalista, promoviendo un acceso equitativo a la justicia y una administración eficiente del sistema legal.