Conocer los riesgos globales – teniendo como base, entre muchas otras fuentes, el informe del WEF – es un primer indicador positivo para que el jurista salga del caparazón de “lo que la ley dice” y se inmiscuya en una realidad que – para bien o para mal – afectó, afecta y afectará negocios, empresas y a la sociedad en general.
De lectura obligatoria para nuestros estudiantes en el curso de derecho económico internacional que tengo el privilegio y la responsabilidad de co-impartir en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, The Global Risks Report 2023 es un documento elaborado por el World Economic Forum – WEF – una especie de think tank conformado por diferentes líderes empresariales y empresas de variados sectores de la economía, que pretende visibilizar los principales hechos, y sus efectos, que afligen o tenderán a afligir a la población. El informe es de tal relevancia que recopila y compila datos utilizando variadas técnicas de investigación – especialmente encuestas – con la participación de líderes de mas de 12.000 negocios a nivel global, de todos los continentes y de más de ciento veinte economías en el plantea.
Ahora bien, la relevancia del documento previamente citado trasciende la esfera del mero conocimiento general y de la aproximación a riesgos explorados por el WEF, y aboga por que los abogados y abogadas del presente comprendan su importancia y – sobre todo – lo incorporen dentro de los análisis jurídicos de consultoría que, a diario, efectúan para grandes organizaciones o personas naturales.
De manera muy resumida, y siendo simplemente un brochazo del informe en comento, este se concentra – en un primer momento – en “ranquear” (sí, de escalafonar de mayor a menor) la severidad de una serie de riesgos globales en el corto (dos años) y en el largo (diez años) plazo, subdividiendo dichos riesgos – a su vez – en cinco categorías diferentes: (i) Económica, (ii) Ambiental, (iii) Geopolítica, (iv) Sociedad, y (v) Tecnológica (por sus traducciones del inglés, idioma del informe).
En el corto plazo, es decir, en un plazo aproximado de dos años, la medición arrojada por el informe señala la crisis del costo de vida como el principal riesgo – por su severidad – para la sociedad, seguido por los desastres naturales y la confrontación geopolítica (como la que, en la actualidad, aqueja a Rusia con Ucrania). Pero, a largo plazo, el informe arroja una visual opuesta a la que señala para el corto plazo, situando, en el primer lugar, la imposibilidad para mitigar el cambio climático, seguido por la imposibilidad de lograr la adaptación al cambio climático. Es decir, sitúa los riesgos ambientales en el primer lugar del ranking, a diferencia de lo que sucedía en el corto plazo, en donde el riesgo de mayor severidad se clasificaba dentro de la categoría de sociedad. Adicional a ello, de los cinco principales riesgos por su severidad en el largo plazo, cuatro de ellos se clasifican dentro de la categoría ambiental, a diferencia de aquella en el corto plazo, en donde tan solo dos de ellos se clasifican dentro de dicha categoría.
El informe del WEF es llamativo no solamente porque permite ser una fuente consultiva para la toma de decisiones de los agentes llamados para con ello (llámese organizaciones empresariales, gobiernos, la banca multilateral, los organismos internacionales, entre muchos otros) sino – también y de manera especial para lo que concierne al día a día del jurista – porque conocer los riesgos globales con impacto severo es y será una práctica cada vez más recurrente y demandada por los clientes y las partes interesadas en general en el marco de las asesorías integrales a ofrecer. La ley local – e inclusive la ley aplicable a través del bloque de constitucionalidad y otras figuras del derecho internacional – suele no ser suficiente a la hora de comprender que toda situación debe ser plasmada en un contexto global que permita la toma de decisiones sobre ella basada en datos (números, cifras, estadística pura y dura) y en consideraciones debidamente sustentadas (argumentos de autoridad).
Conocer los riesgos globales – teniendo como base, entre muchas otras fuentes, el informe del WEF – es un primer indicador positivo para que el jurista salga del caparazón de “lo que la ley dice” y se inmiscuya en una realidad que – para bien o para mal – afectó, afecta y afectará negocios, empresas y a la sociedad en general. Le ayudará, además, a prevenir situaciones futuras y a tomar medidas anticipadas para evitar debacles o riesgos materiales para sus clientes y – ante todo – entenderá que detrás de toda decisión política y económica hay – por esencia – intereses que podrían verse alineados con los riesgos globales en el corto y en el largo plazo que presenta la WEF.
The Global Risks Report 2023 y su trascendencia para la consultoría jurídica cobra relevancia si se concibe que el mundo – volátil, cambiante y dinámico por lo demás – no espera para tomar decisiones y que, por el contrario, conocer los riesgos en una escala espaciotemporal hará de su mitigación una fortaleza para quien así lo comprenda. Al jurista del hoy no le basta con que el Código Civil (con sus abejas) o el CPACA (con sus principios – algunos de ellos alejados a lo que hoy por hoy es una sociedad tecnológica) conciban un sinfín de artículos para dirimir situaciones – muchas veces – inexistentes o de bajísima ocurrencia. Sumado a ello, por supuesto, el concebir – a una escala global lo que sucede, cómo sucede y por qué sucede – será un aliado diferencial a la hora de encontrarse dentro de los buenos o catapultarse a ser los mejores. Allí, a la excelencia, es a donde – como juristas y como sociedad – estamos llamados y debemos llegar.
Para ver el informe completo: Global Risks Report 2023 | World Economic Forum | World Economic Forum (weforum.org)
Santiago Bonivento es Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, con énfasis en derecho empresarial. Especialista en Dirección de Empresas y Liderazgo Digital. Magister MBA Gadex con énfasis en Relaciones Internacionales (Universidad Europea Miguel de Cervantes y Formato Educativo), beca parcial por la Organización de Estados Americanos. Profesor en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana.