A raíz de la crisis actual por la que atraviesan las startups y sus empleados en el mundo y debido al fenómeno mundial de “la gran renuncia”, se vuelve cada vez más importante estructurar y divulgar mecanismos alternativos para retener el talento haciéndole parte de los beneficios de la organización.
Las acciones fantasmas o «phantom shares» hacen parte de estos mecanismos, pues a través de estas la empresa entrega a sus trabajadores, usualmente directivos, derechos económicos cuyo contenido equivale a una participación en el capital social de la startup.
Cómo se puede intuir por su nombre, estos derechos no son efectivamente acciones, pero le otorgan al trabajador una suma de dinero equivalente a la que recibiría en utilidades si fuera accionista de la empresa.
Si bien este mecanismo es atractivo para el empleado, el empleador debe también sacar el máximo provecho posible del mecanismo, atando la entrega de estos derechos al cumplimiento de ciertos objetivos y/o a la permanencia de ciertos roles críticos en la organización.
El pacto de este mecanismo debe realizarse por escrito entre el empleado y el empleador en el contrato de trabajo o en un otrosí al mismo, en caso de firmarse en el curso de la relación laboral.
Por naturaleza, el monto de estás «acciones» es definido por el máximo órgano social cuando decide sobre la repartición de utilidades. Al respecto, se debe advertir a la empresa que el costo de este mecanismo puede ser alto, pues, aunque puede darse la discusión, el monto pagado al trabajador debe considerarse como parte del salario y por ende base para realizar el cálculo de seguridad social, parafiscales y retenciones a las que haya lugar.
A la hora de evaluar si es un mecanismo efectivo, tenga en cuenta otras alternativas posibles como pueden ser los stock options o el otorgamiento de bonificaciones extralegales que se pagan con el paso del tiempo o con el cumplimiento de objetivos, pues a la hora de remunerar no se puede hablar de soluciones “one-size fits all”.
El pacto de acciones fantasma puede ser favorable para empresas que requieran retener cargos críticos en la organización sin alterar su cap table, pero que cuentan con el flujo de caja suficiente para cubrir el costo que esto acarrea.
Si considera que este es el mecanismo más conveniente, tenga una valoración clara del patrimonio de la organización y responda previamente las siguientes preguntas: ¿utilizaré un sistema de vesting para la liberación de las acciones fantasma?; ¿a qué porcentaje de los dividendos corresponderán estas acciones? ¿Qué ocurre si en el futuro aumenta el capital social?; ¿qué ocurre si al final del período el máximo órgano social decide el reparto de un monto bajo de dividendos?; ¿es posible realizar la transferencia de este derecho?; ¿Puede el trabajador vender o la empresa comprar estos derechos? ¿en qué condiciones?
Las “Phantom Shares” son un mecanismo cada vez más utilizado en las startups, pero solo puede definirse su efectividad de cara a la situación concreta de la organización que considere adoptarlo.
José Elías Del Hierro Gamboa_ Abogado asociado en Del Hierro Abogados, especialista en estrategia e innovación con amplia trayectoria en asesoría de startups y gestión de procesos de desarrollo organizacional.