El mercado de deuda privada ha experimentado una evolución, impulsada por la necesidad de las pequeñas y medianas empresas de acceder a fuentes alternativas de financiación.
En Colombia, el mercado de deuda privada ha experimentado una evolución en los últimos años, impulsada por la necesidad de las pequeñas y medianas empresas de acceder a fuentes alternativas de financiación y por la creciente sofisticación de inversionistas institucionales dispuestos a asumir riesgos medidos a cambio de retornos superiores a los ofrecidos por instrumentos tradicionales.
Una muestra de esta evolución es la adopción de estructuras de garantías que giran en torno a la fiducia de fuente de pago y garantía, una figura que ha redefinido la manera en que los acreedores valoran y mitigan el riesgo crediticio.
La fiducia de fuente de pago y garantía funciona sobre la base de la cesión irrevocable a un patrimonio autónomo de los flujos futuros derivados de la operación que se está financiando. Esta cesión se formaliza mediante un contrato de fiducia mercantil que, al concentrar los ingresos en un vehículo separado del patrimonio del deudor, reduce drásticamente el riesgo de insolvencia y limita la exposición de los acreedores a litigios prolongados en sede concursal.
Para las pymes, la principal ventaja radica en la flexibilidad operativa. Al no gravar maquinaria, inmuebles ni inventarios, la empresa evita la rigidez que conlleva la constitución de múltiples garantías reales, agilizando el cierre financiero de la transacción y ahorrando los costos tradicionales inherentes al mismo. Además, la fiducia permite adaptar el fondeo a múltiples necesidades: puede estructurarse como un crédito rotativo para el pago a proveedores, como un préstamo bullet destinado al repago de pasivos bancarios tradicionales o como un financiamiento para la adquisición de cartera. El carácter multisectorial de este mecanismo de fondeo (aplicable, entre otras, a compañías de servicios, manufactura, tecnología o comercio) amplía la base de prospectos y, por ende, la profundidad del mercado.
Desde la óptica de los inversionistas, la trazabilidad de los flujos y la prelación de pago inherente al patrimonio autónomo generan un perfil de riesgo atractivo frente a otras oportunidades de renta fija. La ejecución extrajudicial prevista en el contrato fiduciario y la supervisión de la Superintendencia Financiera de Colombia otorgan confianza adicional, al tiempo que la ausencia de requerimientos regulatorios equivalentes a los del mercado público de valores reduce barreras de entrada y plazos de estructuración.
Finalmente el auge de fintechs y la voluntad de diferentes actores del sector que facilitan la originación y colocación de estos créditos, sugiere que la deuda privada respaldada en flujos seguirá creciendo y consolidándose como una opción atractiva para las pymes colombianas.
Andrés Felipe Amaya es abogado de la Universidad de los Andes, asociado de la práctica de Derecho Bancario y Financiero de Garrigues, donde centra su actividad profesional en el área de financiación de proyectos. Su práctica gira en torno a la asesoría de clientes nacionales e internacionales en la estructuración, desde un punto de vista legal, de la financiación de proyectos de infraestructura vial, así como financiaciones corporativas. También ha asesorado entidades financieras en temas regulatorios financieros.