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¿Cuándo prescribe una deuda con el banco en Colombia? Plazos legales, jurisprudencia y ejemplos 2025 - LEXIR

¿Cuándo prescribe una deuda con el banco en Colombia? Plazos legales, jurisprudencia y ejemplos 2025

 

La pregunta ¿cuándo prescribe una deuda con el banco en Colombia? es una de las más frecuentes entre deudores, empresarios y abogados. La prescripción de las deudas bancarias está regulada por el Código Civil, el Código de Comercio, la Ley de Habeas Data (1266 de 2008), la Ley 2157 de 2021 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional.

En este artículo te explicamos en detalle: tiempos de prescripción de deudas, normas aplicables, ejemplos reales, qué hacer si fuiste reportado en centrales de riesgo, cómo funcionan los pagarés en blanco, qué pasa si el banco vende tu cartera y qué hacer si el banco insiste en cobrar una deuda ya prescrita.

Equipo de Investigación y Redacción Lexir

¿Qué es la prescripción de las deudas en Colombia?

La prescripción extintiva es un mecanismo jurídico que impide que un acreedor cobre indefinidamente una obligación. Es decir, pasado cierto tiempo, la deuda sigue existiendo moralmente, pero ya no puede cobrarse judicialmente.

➡️ Base legal:

  • Artículo 2512 del Código Civil: la prescripción extingue acciones y derechos por el paso del tiempo.
  • Artículo 2536 del Código Civil (modificado por Ley 791 de 2002): término general de prescripción ordinaria de 10 años.
  • Artículo 822 del Código de Comercio: prescripción de acciones mercantiles a los 3 años.

Plazos de prescripción de deudas bancarias según el tipo de obligación

1. Préstamos y créditos de consumo

  • Prescriben a los 10 años si el banco no inicia proceso judicial.
  • Una demanda interrumpe el término (Art. 2539 C.C.).

2. Tarjetas de crédito, pagarés y obligaciones mercantiles

  • Prescriben a los 3 años desde el vencimiento (Arts. 789 y 822 C. de Co.).
  • El pagaré en blanco debe ser diligenciado conforme al pacto de llenado o carta de instrucciones: desde allí corre el término.

3. Hipotecas y créditos con garantía real

  • La deuda personal prescribe en 10 años.
  • La acción hipotecaria prescribe en 20 años (Art. 2537 C.C.).

4. Cheques y letras de cambio

  • Cheque: prescripción a los 6 meses desde su presentación (Art. 730 C. de Co.).
  • Letra de cambio: prescripción a los 3 años (Art. 789 C. de Co.).

Pagarés en blanco, pacto de llenado y carta de instrucciones

En Colombia es común que los bancos exijan un pagaré en blanco respaldado por una carta de instrucciones (también llamada pacto de llenado). Este documento define cómo y cuándo puede diligenciarse el título.

  • Artículo 622 del C. de Co.: permite suscribir títulos en blanco si existe autorización para completarlos.
  • Si no tiene fecha de vencimiento: se entiende pagadero a la vista (Art. 673 C. de Co.).
  • Plazo de prescripción: 3 años desde que el banco lo diligencia, siempre que lo haga conforme a la carta de instrucciones.
  • Si el banco nunca lo llena: la prescripción no es indefinida. En ese caso, la jurisprudencia ha dicho que el título se entiende exigible desde su firma y corre el término de 3 años.

Jurisprudencia relevante

  • CSJ SC3549-2019: el banco debe demostrar que diligenció el pagaré conforme al pacto de llenado.
  • CSJ SC020-2023: aunque el banco lo complete después, el juez puede reconocer que la prescripción empezó a correr antes.
  • Corte Constitucional T-190 de 2024: prohibido usar pagarés en blanco para prolongar indefinidamente la acción ejecutiva.

¿Qué pasa con los reportes en centrales de riesgo?

Además de la prescripción judicial, existe la permanencia de la información en centrales como Datacrédito o TransUnion.

➡️ Ley 1266 de 2008 y Ley 2157 de 2021 (Borrón y Cuenta Nueva):

  • Si pagaste la deuda:
    • El reporte negativo dura el mismo tiempo de la mora y máximo 4 años después del pago.
    • Ejemplo: mora de 12 meses = reporte por 12 meses más tras el pago.
  • Si nunca pagaste:
    • El reporte permanece máximo 8 años desde la mora más antigua.
  • Si ya prescribió judicialmente la deuda:
    • Puedes solicitar la eliminación del reporte si se superaron los 4 u 8 años según el caso.

Procedimiento para salir de Datacrédito o TransUnion

  1. Presentar derecho de petición a la entidad financiera.
  2. Si no actualizan la información, acudir a la Superintendencia Financiera.
  3. Como último recurso, presentar acción de tutela por vulneración al habeas data (Art. 15 C.P.).

¿La venta de cartera renueva el plazo de prescripción?

Cuando un banco vende cartera vencida a una empresa de cobranza o un fondo de inversión, se produce una cesión de crédito (Arts. 1959 y ss. del C.C.).

  • El nuevo acreedor adquiere la deuda con las mismas condiciones que tenía el banco.
  • Esto significa que hereda la deuda en el estado en que se encuentra, incluyendo si ya está prescrita o próxima a prescribir.
  • La venta de la cartera no interrumpe ni renueva el plazo de prescripción.

Jurisprudencia

  • CSJ SC-1728 de 2020: el cesionario no adquiere más derechos que el banco; si la deuda estaba prescrita, no puede revivirla.
  • Consejo de Estado, 2023: la prescripción es de orden público y no se altera con la venta del crédito.
  • Corte Constitucional T-190 de 2024: los deudores no pueden quedar sometidos a cobros perpetuos ni por bancos ni por compradores de cartera.

📌 Ejemplo:

  • Tarjeta de crédito en mora desde 2018.
  • Prescripción en 2021 (3 años).
  • En 2024 el banco vende la cartera.
  • Resultado: el nuevo dueño no puede demandar porque la acción ya estaba prescrita.

¿Qué debe hacer el deudor si la deuda ya está prescrita y el banco sigue cobrando?

  1. Conservar evidencia del tiempo transcurrido (extractos, contratos, comunicaciones).
  2. No firmar nuevos documentos ni acuerdos de pago, pues esto podría interrumpir la prescripción.
  3. Invocar la prescripción como excepción si el banco inicia un proceso judicial (Art. 282 del CGP).
  4. Enviar un derecho de petición a la entidad financiera exigiendo el cese del cobro extrajudicial.
  5. Acudir a la Superintendencia Financiera si persisten las prácticas de cobro abusivo.
  6. Si hay hostigamiento telefónico o visitas indebidas: presentar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por vulneración al habeas data y acoso.

Jurisprudencia reciente (2024-2025)

  • CSJ SC3948-2024: una demanda interrumpe prescripción aunque el proceso no termine en condena.
  • Corte Constitucional T-190 de 2024: la prescripción protege al deudor contra cobros perpetuos.
  • Consejo de Estado, 2025: el cobro coactivo financiero también respeta los plazos de prescripción.

Ejemplos prácticos

📌 Ejemplo 1:

  • Tarjeta de crédito en mora desde 2020.
  • Banco no demandó.
  • Resultado: prescripción en 2023 (3 años).

📌 Ejemplo 2:

  • Hipoteca en mora desde 2005.
  • Banco no inició proceso.
  • Resultado: deuda prescrita en 2015 (personal) y acción hipotecaria prescrita en 2025.

📌 Ejemplo 3:

  • Mora de 6 meses en 2019.
  • Pago en 2020.
  • Reporte: hasta 2024 (mora + 4 años).

 

Tabla comparativa: Prescripción vs permanencia en centrales de riesgo

Tipo de deudaPrescripción judicialPermanencia en centrales
Crédito de consumo10 añosMora + 4 años tras el pago / 8 años si no pagas
Pagaré / Tarjeta de crédito3 añosIgual a la deuda respaldada
Hipoteca10 años (personal) / 20 años (hipotecaria)Hasta 8 años máximo
Cheque6 mesesNo aplica
Letra de cambio3 añosNo aplica

Preguntas frecuentes (FAQ)

1. ¿Si mi deuda prescribió, sigo reportado en Datacrédito?

Sí, porque la prescripción judicial es distinta de la permanencia en centrales. El reporte puede durar hasta 8 años.

2. ¿El banco puede seguir llamándome si ya prescribió la deuda?

Puede insistir extrajudicialmente, pero no puede demandar. Puedes exigir respeto a tu habeas data.

3. ¿Cómo mejoro mi score crediticio?

Paga o negocia tus deudas, exige actualización de reportes y evita nuevas moras. El historial reciente pesa más que el pasado.

4. ¿Qué hago si mi reporte ya superó el plazo legal?

Presenta derecho de petición y, si no corrigen, una acción de tutela.

5. ¿El banco o el comprador de cartera puede renovar el plazo de prescripción?

No. La prescripción no se renueva con la venta de la deuda. El nuevo acreedor hereda las mismas limitaciones.

Conclusión

La prescripción de deudas con el banco en Colombia depende del tipo de obligación: puede ser de 3, 10 o hasta 20 años, mientras que en centrales de riesgo la información permanece entre 4 y 8 años. Los pagarés en blanco deben respaldarse con una carta de instrucciones, y si no se diligencian oportunamente, la prescripción empieza a contarse desde la firma. La venta de la cartera tampoco renueva los plazos: el nuevo acreedor recibe la deuda con los mismos límites.

Si tu deuda ya prescribió y el banco o una casa de cobranza siguen cobrando, puedes alegar prescripción, exigir el cese de cobros y denunciar abusos. Esto protege tu tranquilidad y tu derecho al habeas data.

Modelo de Derecho de Petición ante entidad financiera

[Ciudad], [Fecha]

 

Señores
[Nombre de la entidad financiera o casa de cobranza]
Área de Atención al Cliente / Habeas Data
[Dirección]
[Ciudad]

 

Referencia: Derecho de Petición – Solicitud de actualización / eliminación de reporte en centrales de riesgo y cese de cobros indebidos.

 

Yo, [Nombre completo], mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. [número], domiciliado en [ciudad], actuando en mi propio nombre, de conformidad con el Artículo 23 de la Constitución Política y la Ley 1755 de 2015, presento derecho de petición en ejercicio del derecho fundamental de petición y del derecho al habeas data (Art. 15 C.P. y Ley 1266 de 2008), con base en los siguientes:

 

I. HECHOS

  1. Fui titular de la obligación identificada con el número [número de crédito, tarjeta o cuenta] con su entidad.
  2. Dicha obligación se encuentra actualmente [pagada el día ___ / prescrita según Art. 2536 del C.C. / prescrita según Art. 822 y 789 del C. de Co.].
  3. No obstante, sigo apareciendo reportado de manera negativa en las centrales de riesgo [Datacrédito / TransUnion], lo cual afecta mi vida crediticia.
  4. Adicionalmente, he recibido cobros extrajudiciales [llamadas, correos, visitas, etc.], pese a que la deuda ya se encuentra prescrita.

 

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Artículo 23 C.P. y Ley 1755 de 2015: derecho de petición.
Artículo 15 C.P., Ley 1266 de 2008 y Ley 2157 de 2021: derecho al habeas data financiero.
Artículo 2536 C.C. y Artículos 822 y 789 C. de Co.: prescripción de obligaciones.
Sentencia C-282 de 2022 (Corte Constitucional): el reporte negativo no puede exceder 8 años.
Sentencia T-190 de 2024 (Corte Constitucional): la prescripción protege contra cobros perpetuos.

 

III. SOLICITUDES

Respetuosamente solicito a esa entidad:

  1. Actualizar y/o eliminar mi reporte negativo en las centrales de riesgo Datacrédito y TransUnion, dado que la obligación ya se encuentra [pagada en fecha ___ / prescrita], en aplicación de la Ley 1266 de 2008 y la Ley 2157 de 2021.
  2. Abstenerse de realizar cobros extrajudiciales relacionados con esta obligación, al estar prescrita, conforme a los artículos citados.
  3. Expedirme un certificado de paz y salvo y/o constancia de inexistencia de obligación exigible, con el fin de proteger mis derechos como consumidor financiero.
    Informar, dentro del término legal, las actuaciones realizadas en cumplimiento de esta petición.

 

IV. ANEXOS
Copia de mi cédula de ciudadanía.
Copia de comunicaciones o reportes en centrales de riesgo.

 

V. NOTIFICACIONES
Recibiré notificaciones en la dirección [dirección completa], correo electrónico [correo] y número de teléfono [celular].

 

Atentamente,

 

[Firma]
[Nombre completo]
C.C. [número] de [ciudad]

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