Los accidentes de trabajo representan uno de los principales desafíos para la protección de los derechos laborales y la salud de los trabajadores en Colombia. En 2025, el marco legal, las obligaciones empresariales, y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral, ofrecen un conjunto robusto de normas y precedentes que buscan asegurar la prevención, responsabilidad y reparación cuando estos eventos ocurren.
Redacción Lexir
En este artículo abordamos:
Definición legal de accidente de trabajo
Normatividad vigente (leyes, decretos, resoluciones)
Obligaciones del empleador
Reparaciones y responsabilidades
Jurisprudencia reciente relevante
Reformas y novedades al 2025
Retos prácticos
1. Definición Legal
Bajo la legislación colombiana:
Accidente de trabajo: según la Ley 1562 de 2012, accidente de trabajo es “todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psíquica, una invalidez o la muerte.”
Se incluye también lo estipulado en el Decreto 1295 de 1994, artículo 9: se consideran accidentes los que ocurren durante la jornada, en cumplimiento de órdenes del empleador aun fuera del lugar de trabajo, así como durante el traslado de residencia al trabajo (“in itinere”) cuando el transporte lo suministre el empleador.
2. Normatividad Vigente
Algunas normas clave que rigen los accidentes de trabajo:
Ley 1562 de 2012: regula el Sistema General de Riesgos Laborales, obligaciones de afiliación de trabajadores a ARL, prestaciones, definiciones, sanciones, etc.
Decreto 1295 de 1994: reglamenta riesgos profesionales, define accidente de trabajo, enfermedades profesionales, etc.
Decreto 1072 de 2015: Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo; incluye normas SST.
Resoluciones recientes:
En 2025 hay nuevas resoluciones sobre investigación de accidentes, reporte de incidentes, etc.
Código Sustantivo del Trabajo, en particular el artículo 216 CST, que aborda la culpa del empleador y la indemnización de perjuicios cuando ésta se configura.
3. Obligaciones del Empleador
Entre las obligaciones principales:
Afiliar a los trabajadores a una ARL para cobertura frente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Implementar y mantener actualizado un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con identificación de riesgos, control, prevención, formación y entrenamiento de trabajadores.
Proveer elementos de protección personal adecuados, adecuados al riesgo, y capacitación certificada.
Reportar accidentes / incidentes dentro de los plazos legales, investigar las causas, tomar medidas correctivas.
Cubrir prestaciones médicas, incapacidades temporales o permanentes, así como indemnizaciones en los casos de invalidez o muerte.
4. Reparaciones y Responsabilidades
La culpa del empleador debe estar suficientemente comprobada: acción u omisión, incumplimiento de deberes de prevención, nexo causal con el daño.
El empleador puede eximirse si demuestra casos fortuitos, fuerza mayor, culpa exclusiva de otras personas, etc., pero la carga de la prueba recae en quien alega esa exoneración.
Las indemnizaciones por perjuicios pueden incluir lucro cesante, daño moral, daño emergente, pérdida de capacidad laboral, entre otros.
5. Jurisprudencia Reciente Relevante
Aquí algunas sentencias de la Corte Suprema —y otros tribunales— que han sido especialmente relevantes hasta 2025 para entender cómo se aplican los conceptos legales en casos prácticos:
Sentencia / Radicado | Año | Hechos destacados | Decisión / Principio relevante |
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SL-1186-2024(Rad. 98027) | 2024 | Caso de accidente de trabajo y enfermedad laboral en que se discutía la prueba, la culpa por abstención y la contribución de la víctima. | Confirmó que para la indemnización plena de perjuicios es necesaria la prueba de culpa, y que la responsabilidad del empleador no se exime sin demostrar diligencia. |
SL-3442-2024 | 2024 | Múltiples accidentes menores en los que no se suministraron suficientes medidas de prevención ni capacitación. | La Corte ratificó responsabilidad del empleador por culpa patronal, al no cumplir sus deberes de prevención, seguimiento y cuidado. |
SL1749-2025 | 2025 | Diagnóstico de fractura tras accidente laboral en 2013, reconocimiento de la invalidez, incapacidad. | Se abordó la determinación de deficiencia, los diagnósticos médicos y la calificación del daño. Sirve como precedente para entender cómo se calculan incapacidades y se demuestra la relación entre accidente antiguo y consecuencias actuales. |
SL3409-2024 | 2024 | Demandante reclamaba pensión de sobrevivientes tras accidente laboral y muerte, incluyendo retroactividad. | La Corte sostuvo la condena de la ARL al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, incluidos los retroactivos, demostrando que incluso si ha pasado tiempo, los derechos pueden reclamarse si están debidamente acreditados. |
“Culpa patronal: Sentencia CSJ” – caso revisado por Impera Abogados | 2024 | Accidentes múltiples, omisiones del empleador en prevención, entrenamiento, control. | Confirmación de la culpa patronal, con imposición de indemnización plena de perjuicios. |
Doctrina consolidada por la Corte Suprema
Culpa patronal: no basta con que ocurra el accidente; debe probarse la omisión o acción negligente del empleador, su deber incumplido, y el nexo causal entre esa conducta y el daño.
Carga de la prueba: generalmente reside en el trabajador o sus beneficiarios para demostrar esos elementos; cuando el empleador alega exoneración debe probarla. En algunos casos se aprecia inversión de la carga probatoria relativa si el empleador está mejor posicionado para demostrar el cumplimiento de normas de prevención.
Accidente in itinere reconocido en jurisprudencia cuando se verifican condiciones: transporte provisto por el empleador, relación con el trayecto residencia-trabajo, etc.
Indemnización plena de perjuicios: se reitera que ésta es independiente de las prestaciones otorgadas por el Sistema de Riesgos Laborales. No se deben duplicar prestaciones pero sí reconocer daños superiores cuando éstos existan.
6. Reformas y Novedades al 2025
Leyes y resoluciones recientes han fortalecido el deber de reporte y de investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con plazos más estrictos y más exigencia en la calidad de los informes.
Mayor énfasis legal en la prevención: capacitación, sistemas de alerta, control de rutas, condiciones de trabajo, estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Jurisprudencia más clara sobre la prueba y la responsabilidad empresarial, lo que obliga a las compañías a documentar, capacitar, tener protocolos efectivos, y supervisión real (no solo formal).
7. Retos Prácticos
Pese al marco legal y jurisprudencial sólido, persisten desafíos:
Cumplimiento efectivo del SG-SST en pequeñas y medianas empresas que carecen de recursos técnicos o financieros.
Presunción insuficiente de responsabilidad en algunas instancias judiciales cuando la documentación del empleador no es clara.
Retrasos en la calificación de la invalidez, en reconocimiento de pensiones retroactivas, lo que puede generar litigios largos.
Falta de cultura preventiva en muchos entornos laborales: capacitación, inspección, mantenimiento de equipos.
Dificultad de probar negligencia o culpa del empleador, especialmente cuando los accidentes implican múltiples factores externos o concurrentes.
Conclusión
En 2025, en Colombia, la legislación y la jurisprudencia han consolidado un régimen relativamente firme para proteger a los trabajadores frente a los accidentes laborales. El empleador tiene deberes importantes de afiliación, prevención y reparación, que no solo están plasmados en leyes y decretos, sino reforzados por decisiones de la Corte Suprema que exigen responsabilidad concreta, prueba de omisión, nexo causal, y reparación integral.
Para asegurar la protección efectiva, no basta con tener normas: se requiere implementación, inspección, cultura de prevención, y acceso a la justicia para quienes se ven afectados.