El Consejo Nacional de Política Económica y Social aprobó el CONPES 4144 de 2025, estableciendo la Política Nacional de Inteligencia Artificial (IA) en Colombia. Esta política busca desarrollar capacidades institucionales para la investigación, adopción y aprovechamiento ético de la IA, promoviendo la transformación social y económica del país[1].
Sin embargo, reconoce que existen insuficiencias institucionales que representan retos en la gobernanza y regulación de la IA. Aunque Colombia sigue las recomendaciones de la OCDE y la UNESCO en esta materia, carece de estructuras de gobernanza eficaces que promuevan, coordinen, apoyen e implementen la IA con observancia de los principios éticos[2].
Para abordar estos desafíos, se sugiere un análisis comparado de las estructuras de otros países y regiones en esta materia Un ejemplo relevante es la Oficina Europea de Inteligencia Artificial en la Unión Europea (UE), que supervisa el cumplimiento de la Ley de IA, sus principios éticos, evalúa riesgos y fomenta buenas prácticas en colaboración con la comunidad científica y desarrolladores, funciones definidas en el Reglamento UE 2024/1689[3].
Adoptar una estructura similar a la Oficina Europea de la IA en Colombia podría superar algunos retos identificados en el CONPES 4144, como la implementación institucional de principios éticos y la gobernanza de la IA.
Así, el CONPES 4144 establece una hoja de ruta para el desarrollo de la IA en Colombia, que podría consolidar al país como un referente en el uso responsable de la IA en la región, impulsando el desarrollo económico y social. Sin embargo, es fundamental fortalecer las capacidades institucionales para asegurar una gobernanza efectiva. La experiencia de la UE con su Oficina Europea de IA puede servir de modelo para Colombia en su esfuerzo por implementar una regulación adecuada y eficaz en este ámbito, aprovechando las oportunidades de la IA mientras mitiga sus riesgos y protege a la ciudadanía.
[1] Página 3 CONPES 4144 de 2025: “El presente documento CONPES formula una política nacional de Inteligencia Artificial cuyo objetivo es generar las capacidades para la investigación, desarrollo, adopción y aprovechamiento ético y sostenible de sistemas de IA con el fin de impulsar la transformación social y económica de Colombia”
[2] Página 20 CONPES 4144 de 2025: “En ese sentido, la Hoja de ruta para el desarrollo y aplicación de la Inteligencia Artificial en Colombia destaca la necesidad de definir estructuras de gobernanza efectivas que aseguren la aplicación ética de la IA en la resolución de desafíos sociales, económicos y ambientales a nivel nacional (Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, 2024), donde se considere, entre otros elementos, la definición de la posición país en las instancias internacionales, el fomento a la investigación en ética y regulación de la IA, el desarrollo de nuevos estándares éticos que fortalezcan los existentes, el fomento a la participación de diferentes actores en las decisiones de política sobre IA, la implementación de mecanismos de auditoría ética y el desarrollo de programas de educación alrededor de la ética en la IA”
[3] (116) REGULATION (EU) 2024/1689 OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL of 13 June 2024: “The AI Office should encourage and facilitate the drawing up, review and adaptation of codes of practice, taking into account international approaches. All providers of general-purpose AI models could be invited to participate. To ensure that the codes of practice reflect the state of the art and duly take into account a diverse set of perspectives, the AI Office should collaborate with relevant national competent authorities, and could, where appropriate, consult with civil society organisations and other relevant stakeholders and experts, including the Scientific Panel, for the drawing up of such codes. Codes of practice should cover obligations for providers of general-purpose AI models and of general-purpose AI models presenting systemic risks. In addition, as regards systemic risks, codes of practice should help to establish a risk taxonomy of the type and nature of the systemic risks at Union level, including their sources. Codes of practice should also be focused on specific risk assessment and mitigation measures”