“La correcta aplicación de la retención en la fuente es crucial”
La retención en la fuente es una obligación tributaria fundamental en Colombia, diseñada para asegurar el recaudo anticipado del impuesto sobre la renta. Así, es crucial entender cómo esta afecta a los trabajadores independientes tras los cambios normativos introducidos por el Decreto 2231 de 2023, el cual fue reglamentario de la Ley 2277 de 2022.
¿Qué establece el nuevo criterio introducido por el Decreto 2231 en relación con la retención en la fuente a los ingresos por rentas de trabajo no laborales para trabajadores independientes?
El Decreto 2231 establece que los trabajadores independientes que perciban ingresos por rentas de trabajo (como lo son por ejemplo honorarios y servicios) pueden optar entre dos sistemas de retención en la fuente:
- Tabla del Artículo 383 del ET: Aplicable si el trabajador independiente no solicita la deducción de costos y gastos relacionados con su actividad. Por lo tanto, en este caso se puede aplicar la renta exenta del 25% del ingreso laboral. Anteriormente, la ley manifestaba que este Artículo aplicaba si el trabajador informaba que no había contratado o vinculado 2 o más trabajadores asociados a la actividad por un término de 90 días.
- Tarifas del Artículo 392 del ET: Aplicable si el trabajador independiente decide deducir costos y gastos, manifestándolo por escrito y bajo juramento ante el agente retenedor.
¿Qué implica la obligación de manifestar por escrito y bajo juramento la decisión de no aplicar costos y deducciones según el Decreto 2231?
Según el numeral 6 del Artículo 1.2.4.1.6 del DUR 1625 de 2016, los trabajadores independientes deben expresar su decisión en la factura o documento equivalente. Esta manifestación es crucial, ya que determina la aplicación de las tarifas de retención en la fuente, y no hacerlo implica la aplicación automática de la tabla del Artículo 383 del ET.
¿Cuáles son las implicaciones prácticas de elegir entre la tabla del Artículo 383 del ET y las tarifas del Artículo 392 del ET?
La elección entre sistemas de retención tiene implicaciones directas en la base gravable y el monto retenido. Optar por la tabla del Artículo 383 del ET puede ser beneficioso si el trabajador independiente no tiene muchos costos que deducir. Por otro lado, las tarifas del Artículo 392 del ET aplicarán sobre el ingreso bruto, y el trabajador posteriormente en su renta podrá imputar los costos y gastos relacionados con la actividad.
¿Qué cambios adicionales trajo consigo el Decreto 2231 en relación con la retención en la fuente para trabajadores independientes?
Además de establecer los nuevos criterios de retención, el Decreto modificó el Artículo 1241 del DUR 1625 de 2016, para clarificar las obligaciones y procedimientos que deben seguir los trabajadores independientes en relación con la retención en la fuente. Esto incluye la necesidad de declarar expresamente la decisión sobre la deducción de costos y deducciones.