(…) el Decreto 1297 de 2022 dio el primer gran salto en materia de arquitecturas abiertas de datos, pues creó el régimen de finanzas abiertas.
Recientemente, el ministro de Tecnologías de la Información y Comunicaciones planteó un debate sobre la posible migración de los datos de las entidades financieras a una entidad pública o asociación y rescató los beneficios que se podrían obtener al utilizar mejor esta información, por lo cual propuso la presentación de un nuevo proyecto de ley con este objetivo.
Si bien la propuesta del ministro Mauricio Lizcano implica diferentes problemáticas desde la perspectiva de la protección de datos personales, lo cierto es que atina en un punto fundamental: la descentralización de los datos, es decir, la circulación de información entre diversos actores puede ser muy beneficiosa para conseguir valiosos objetivos como la inclusión financiera y la promoción de la competencia.
Las arquitecturas abiertas han surgido como ecosistemas a través de los cuales es posible realizar fácilmente el intercambio de datos entre distintos actores. Esta visión ha venido ganando tracción en Colombia, ya que desde la Ley 1712 de 2014 se buscó que las entidades públicas compartieran con los ciudadanos toda la información pública disponible. En la misma línea, el CONPES 3920 de 2018 tuvo como objetivo aumentar el aprovechamiento de los datos para que “sean gestionados como activos para generar valor social y económico”.
Con esto en mente, el Decreto 1297 de 2022 dio el primer gran salto en materia de arquitecturas abiertas de datos, pues creó el régimen de finanzas abiertas. Esta normativa fue un paso fundamental, dado que formalizó la posibilidad de que las entidades financieras compartan la información de sus consumidores (previa autorización) con terceros receptores de datos con el fin de ofrecer nuevos productos y servicios.
Partiendo de lo anterior, el artículo 89 del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023) creó el esquema de datos abiertos para la inclusión financiera, el cual amplió el alcance del régimen de finanzas abiertas y determinó que todas las personas jurídicas privadas y públicas deberán intercambiar aquella información que resulte útil para el acceso a productos y servicios financieros. El objetivo de esta normativa precisamente consiste en utilizar los datos que actualmente están archivados en entidades (públicas y privadas) y, a través de su circulación a nuevos actores, permitir que se ofrezcan nuevos y mejores productos financieros.
Sin duda, la creación de estas dos arquitecturas abiertas de datos ha sido fundamental para el aprovechamiento de la información en beneficio de los ciudadanos. De esta forma, no es necesario pensar en nuevos proyectos de ley que busquen la centralización de los datos, sino que, por el contrario, los esfuerzos del Gobierno deberían centrarse en darle vida a estas arquitecturas abiertas y enfrentar dos de sus principales desafíos: (i) la protección de la privacidad y (ii) la seguridad de la información.
Superados estos desafíos, las arquitecturas abiertas de datos se mantienen como el futuro para promover la inclusión financiera y permitir el ofrecimiento de nuevos productos y servicios para los ciudadanos. Esperemos que el Gobierno pueda ver y explotar todo su potencial.