“[…] deben ser instancias aterrizadas como Sancho Panza y estar prestos a dar consejo (asesorar) acerca de la implementación y desarrollo de las políticas referentes a la promoción y protección de los derechos de los consumidores y en consecuencia, tal asesoría permitiría la efectiva defensa de las causas justas de los consumidores defraudados”.
Una de las instancias que conforman la Red Nacional de Protección al Consumidor, son los Consejos de protección al consumidor de carácter nacional y local, en aquellos lugares donde existen.
Al respecto, si se consulta el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, un consejo no solo se define como una (…) “[o]pinión que se expresa para orientar una actuación de una determinada manera”, sino también como “[ó]rgano colegiado con la función de asesorar, de administrar o de dirigir una entidad”.
Así, frente a la primera definición de consejo, cabe traer a colación la respuesta de Don Quijote a un consejo dada por Sancho Panza, a saber:
“—Naturalmente eres cobarde, Sancho —dijo don Quijote—; pero porque no digas que soy contumaz y que jamás hago lo que me aconsejas, por esta vez quiero tomar tu consejo y apartarme de la furia que tanto temes; mas ha de ser con una condición: que jamás, en vida ni en muerte, has de decir a nadie que yo me retiré y aparté deste peligro de miedo, sino por complacer a tus ruegos; […]” (Cervantes, 1969).
Ahora, teniendo en cuenta la segunda acepción de consejo, si Don Quijote recibió una opinión por parte de su fiel escudero para orientar su empresa, de un órgano colegiado como el señalado en la introducción de esta columna se espera la adecuada asesoría, en este caso en materia de protección al consumidor.
De tal manera que un consumidor defraudado puede estar interesado en saber cualés son la responsabilidad y la función principal de estos órganos colegiados denominados Consejos de protección al consumidor. Entonces, con el fin de dar respuesta a ese interrogante, se toma como ejemplo el Consejo Distrital de Protección al Consumidor adscrito a la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá.
Sea lo primero indicar que este Consejo fue creado mediante el acuerdo número 620 de 2015 expedido por el Concejo de Bogotá, en cuyo artículo 1 se señala que aquel es “[…] responsable de asesorar, articular y promover la implementación y desarrollo de las políticas relativas a la promoción y protección de los derechos de los consumidores”.
Además, se destaca la función contemplada en el literal a) del artículo 3 de dicho acuerdo, de asesorar al Alcalde Mayor en la adopción y promoción de políticas públicas dirigidas a: (i) la protección de los consumidores y sus derechos, (ii) amparar los intereses económicos de los consumidores, (iii) promover las relaciones de consumo, los derechos y las obligaciones surgidas entre los productores, proveedores y consumidores y la responsabildad de los productores y proveedores, en el territorio del Distrito Capital.
Por lo tanto, los Consejos de protección al consumidor de carácter nacional y local más que héroes cervantinos como Don Quijote, deben ser instancias aterrizadas como Sancho Panza y estar prestos a dar consejo (asesorar) acerca de la implementación y desarrollo de las políticas referentes a la promoción y protección de los derechos de los consumidores y en consecuencia, tal asesoría permitiría la efectiva defensa de las causas justas de los consumidores defraudados.
Bibliografía
Cervantes Saavedra, M. D. (1969). Don Quijote de la mancha. Circulo de Lectores, S.A.
Camilo Duarte Mesa es Abogado con experiencia en Derecho de Consumo, egresado de la facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana. Especialista en Derecho Comercial de la misma facultad y especialista en Economía de la facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana. Cursó el programa de Legal Marketing ‘Las implicaciones legales en las decisiones de marketing» de la Universidad Austral de Argentina y el programa Compliance Corporativo del Colegio de Estudios Superiores de Administración -CESA-. Con amplia experiencia trabajando en la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de protección al consumidor y en derecho de la competencia. Titular de la marca Consumerista®.