jueves, julio 17, 2025
Promocione productos y servicios
Acceder / Registro
Lexir
  • Actualidad Jurídica 
    • Laboral
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Penal
    • Civil
    • Administrativo
    • Comercial
  • Opinión
    • Política
    • Social
    • Económico
  • Noticias
    • General
    • Judicial
  • Análisis
    • Laboral
    • Comercial
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Civil
    • Administrativo
    • Penal
  • Academia
No Result
View All Result
  • Actualidad Jurídica 
    • Laboral
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Penal
    • Civil
    • Administrativo
    • Comercial
  • Opinión
    • Política
    • Social
    • Económico
  • Noticias
    • General
    • Judicial
  • Análisis
    • Laboral
    • Comercial
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Civil
    • Administrativo
    • Penal
  • Academia
No Result
View All Result
Lexir
No Result
View All Result
¿Puede el empleador hacer uso de la imagen del trabajador?

¿Puede el empleador hacer uso de la imagen del trabajador?

Las empresas suelen utilizar la imagen de sus empleados en diversos canales, pero la obtención verbal de autorización puede generar riesgos legales y multas.

Slide
Mauricio Villadiego
Abogado y Economista de la Universidad del Norte Lexir Abogado y Economista de la
Universidad del Norte

En la práctica, cada vez son más las empresas que hacen uso de la imagen de sus trabajadores en sus canales de comunicación y espacios institucionales, bien sea internamente para acompañar la firma de los correos corporativos, en actividades de bienestar, o para asuntos publicitarios, entre otros motivos. Es así, como resulta común el uso de fotos y vídeos donde se aprecia la imagen de los colaboradores, en las páginas web de las compañías, brochures e inclusive, en las redes sociales empresariales. No obstante, se ha identificado que resulta una práctica reiterada, la de simplemente contar con la autorización verbal del personal involucrado para el uso de su imagen, sin mayores formalidades; lo cual representa una contingencia legal para los empleadores, ya que se exponen a posibles multas por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, que pueden ascender hasta los 2.000 salarios mínimos.

 

Al respecto, es importante resaltar que por disposición legal del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012, la imagen de una persona es de tratamiento sensible, por lo que para su uso se requiere la respectiva autorización, la cual debe ser expresa, previa e informada del titular, que en el caso concreto sería el trabajador.

 

En ese orden de ideas, si bien resulta dable autorizar el tratamiento de manera verbal, pues según la ley 1581 la autorización puede ser obtenida por cualquier medio, lo cierto es que se debe garantizar que esta pueda ser consultada de manera posterior, en caso de requerimiento del colaborador o de autoridades administrativas o judiciales, por lo que lo sugerido, para evitar controversias, será que este aval conste por escrito. Además, se requerirá que en este se informen los derechos que le asisten como titulares de la información, así como también, lo pertinente respecto del responsable del tratamiento de sus datos.

 

Adicionalmente, las empresas deberán contar con políticas para el tratamiento de datos personales, junto con manuales y procedimientos internos dirigidos a los responsables y encargados del tratamiento de los datos personales.

 

Estas políticas deberán contener como mínimo: (i) la información del responsable del tratamiento; (ii) el tratamiento al que estarán sometidos los datos y la finalidad de este; (iii) los derechos que tienen los empleados como titulares de la información; (iv) ante quien se podrán ejercer estos derechos, junto con el procedimiento para el efecto y (v) la fecha de entrada en vigor de la política.

 

Mientras que en los manuales se deberán establecer los parámetros y reglas que utilizará la organización para garantizar el correcto tratamiento de los datos personales de los colaboradores, lo cual incluye el procedimiento que se utilizará para atender las quejas, consultas y reclamos presentados por los empleados en ejercicio de su derecho de habeas data.

 

Cumplido con lo anterior, resulta dable hacer uso de la imagen de los colaboradores en los escenarios físicos y virtuales institucionales e inclusive, realizar su transmisión a terceros, sin la contingencia antes mencionada.

Mauricio Villadiego es Abogado y Economista de la Universidad del Norte. Actualmente, se encuentra cursando la especialización en Derecho de Empresa en la Universidad de los Andes, cuenta con gran experiencia en asesoría jurídica en materia Laboral, Seguridad Social, trámites ante la UGPP y en Seguridad y Salud en el trabajo. Se desempeña como abogado senior en el área de asesorías en la firma Chapman Wilches.

Más comentados 7

  1. Yamile says:
    1 año ago

    Muchas gracias por su información, le comento que en dónde trabajo se toman fotos constantemente con la disculpa de enviarlas no se a donde exactamente y son grupales e individuales, un día que pedí explicaciones de esto el gerente fue muy grosero y atrevido y me dijo que si no quería no lo hiciera y me dejo con la palabra en la boca con un gesto me alzó la mano hacia atrás y se fue , desde ese día no me habla y yo tampoco ,..me dió mucha desconfianza porque ellos trabajan ya con la IA y creo que quieren nuestros rostros para algun estudio .

    Responder
  2. Javier Rojas says:
    1 año ago

    Buenas tardes , el día de hoy el empleador me tomo una foto sin mi consentimiento.
    Que puedo hacer o de que forma proceder, esta invadiendo mi privacidad.

    Responder
  3. Alejandro muñoz says:
    1 año ago

    Un supervisor de la empresa donde laboro uso un video que había subido a mis estado de WhatsApp para enviarme a un descargo ya que según el estaba cometiendo una imprudencia al grabar mientras conducía,aclaro que lo subí a mi estado y el tomo el video sin mi consentimiento para afectarme y enviarme a dicho descargo aclaro también que lo hizo mucho después de lo sucedido ,mi pregunta es puede el usar ese video tomado de mi estado sin mi consentimiento y más para afectarme en lo laboral ? No esta respetando mi privacidad y fuera de todo no me notifica el mismo

    Responder
  4. Cindy Quintero Cogollo says:
    1 año ago

    La empresa me canceló contrato de trabajo, me desvinculó total y en una ocasión me tomaron una foto para publicar mi imagen en una propaganda publicitaria pública y privada, Yo no quiero ni acepto que continúen con esa propaganda con mi imagen a menos que me paguen por los derechos, como puedes ayudarme y si hay lugar a demandar?

    Responder
  5. Milena Cerón says:
    12 meses ago

    Para una campaña de publicidad de la última empresa en la que trabajé, ésta me solicitó autorización por vía escrita para usar mi imagen. Actualmente ya no trabajo en esa empresa, y hoy me entero que usaron mi imagen, sabiendo que ya laboro para ellos. Siento que la empresa está abusando por usar mi imagen. ¿Qué puedo hacer al respecto? ¿La empresa puede pagarme alguna multa?

    Responder
  6. Oscar Mauricio Villota says:
    12 meses ago

    Muy buenos días mi nombre es mauricio villota necesito un consejo que puedo hacerte acerca de un supervisor que nos anda tomando fotos de todas nuestras actividades.
    Incluso me tomo fotos realizando un trabajo y con ello me hizo realizar un memorando y me lo envió en copia de cómo lo estaba realizando incluso le tomo a mi hijo de tres años .
    Según consulto eso es ilegal me podría aconsejar q puedo hacer

    Responder
  7. Mery Trujillo says:
    4 meses ago

    Buenas tardes tengo dos trabajadores que salieron del lugar de trabajo a comprar algo por orden de jefe inmediato, salieron en moto y no utilizaron los EPP yo les tome una foto para hacerle un llamado de atención por no haber utilizado EPP y un trabajador me dijo que me iba a demandar. eso es malo, sabiendo que fue por evidenciar que estaban haciendo un acto inseguro, es como evidencia de si incidencia, aun así es malo la fotografía y pueden demandar.

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Slide


Suscríbete a nuestro Newsletter

Los más leidos

  • La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

    La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Cuánto dura un proceso judicial en Colombia?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿En qué consiste la Ley “dejen de fregar”?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Quiénes son beneficiarios de la estabilidad laboral reforzada por salud?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Cotización de más de 1800 semanas en Colpensiones

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Qué implica la entrada en vigencia de la Resolución 0085 de 2022?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

LOS MÁS COMENTADOS

La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco
Actualidad Jurídica

La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

Publicado por Nicolas Rincón
junio 24, 2024
86

Autor: Equipo de redacción Lexir Colombia   El pagaré al ser un título valor está regulado por el Código de...

Read more

LOS MÁS RECIENTES

¿Cuándo una empresa extranjera necesita abrir sucursal o filial en Colombia para operar legalmente?
Actualidad Jurídica

¿Cuándo una empresa extranjera necesita abrir sucursal o filial en Colombia para operar legalmente?

Publicado por Nicolas Rincón
julio 16, 2025
0

El Código de Comercio establece que las sociedades extranjeras deben abrir una sucursal con domicilio en Colombia para emprender...

Read more

LO MÁS LEIDO HOY

Reforma Laboral 2025 en Colombia: Cambios que entraron en vigor desde el 15 de julio
General

Reforma Laboral 2025 en Colombia: Cambios que entraron en vigor desde el 15 de julio

Publicado por Nicolas Rincón
julio 14, 2025
0

Desde el 15 de julio de 2025, entraron en vigencia importantes modificaciones a la legislación laboral colombiana. Esta nueva...

Read more
Siguiente noticia
ESAL obligadas a los Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) 2.0.

El punto de contacto de los PTEE y las medidas frente al acoso laboral

CONTACTO 

1 Glenwood Ave #5, Raleigh, NC 27603, United States
US+1 984 3255406
Bogotá D.C., Colombia
info@lexir.co

ENLACES DE INTERÉS

redaccion@lexir.co
Política de tratamiento de datos
Términos y condiciones
pauta@lexir.co

Slide

Lexir.co - Todos los Derechos Reservados  2020

No Result
View All Result
  • Actualidad Jurídica 
    • Laboral
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Penal
    • Civil
    • Administrativo
    • Comercial
  • Opinión
    • Política
    • Social
    • Económico
  • Noticias
    • General
    • Judicial
  • Análisis
    • Laboral
    • Comercial
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Civil
    • Administrativo
    • Penal
  • Academia
  • Girl in a jacket
  • Girl in a jacket

© 2025 JNews - Premium WordPress news & magazine theme by Jegtheme.

Usamos cookies en nuestro sitio web para brindarle una mejor experiencia Leer Política de Cookies
Acepto uso de Cookies
Manage consent

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado

Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. These cookies ensure basic functionalities and security features of the website, anonymously.

CookieDuraciónDescripción
cookielawinfo-checbox-analytics11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Analytics".
cookielawinfo-checbox-functional11 monthsThe cookie is set by GDPR cookie consent to record the user consent for the cookies in the category "Functional".
cookielawinfo-checbox-others11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Other.
cookielawinfo-checkbox-necessary11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookies is used to store the user consent for the cookies in the category "Necessary".
cookielawinfo-checkbox-performance11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Performance".
viewed_cookie_policy11 monthsThe cookie is set by the GDPR Cookie Consent plugin and is used to store whether or not user has consented to the use of cookies. It does not store any personal data.

Functional

Functional cookies help to perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collect feedbacks, and other third-party features.

Performance

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

Analytics

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

Advertisement

Advertisement cookies are used to provide visitors with relevant ads and marketing campaigns. These cookies track visitors across websites and collect information to provide customized ads.

Others

Other uncategorized cookies are those that are being analyzed and have not been classified into a category as yet.

GUARDAR Y ACEPTAR

You cannot copy content of this page

error: Content is protected !!