jueves, mayo 29, 2025
Promocione productos y servicios
Acceder / Registro
Lexir
  • Actualidad Jurídica 
    • Laboral
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Penal
    • Civil
    • Administrativo
    • Comercial
  • Opinión
    • Política
    • Social
    • Económico
  • Noticias
    • General
    • Judicial
  • Análisis
    • Laboral
    • Comercial
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Civil
    • Administrativo
    • Penal
  • Academia
No Result
View All Result
  • Actualidad Jurídica 
    • Laboral
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Penal
    • Civil
    • Administrativo
    • Comercial
  • Opinión
    • Política
    • Social
    • Económico
  • Noticias
    • General
    • Judicial
  • Análisis
    • Laboral
    • Comercial
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Civil
    • Administrativo
    • Penal
  • Academia
No Result
View All Result
Lexir
No Result
View All Result
¿la SIC deberá tener en cuenta una prueba pericial que demuestre lo contrario al cotejo realizado? ¿qué debe primar, la prueba o el cotejo realizado?

¿la SIC deberá tener en cuenta una prueba pericial que demuestre lo contrario al cotejo realizado? ¿qué debe primar, la prueba o el cotejo realizado?

En ese sentido, si bien la teoría del cotejo no puede ser desechada del todo solo por la presentación de una prueba, lo cierto es que sí se debe llevar a cabo exámenes de similitud entre dos signos con precisión, considerando la realidad de sus formas.

Slide
Nathalia Nieto Hernández

Lawyer (IP, Competition, Entertainment, Civil Law) OlarteMoure Lexir Abogada OlarteMoure

La Superintendencia de Industria y Comercio en Colombia (autoridad competente) debe negar el registro de una marca cuando existan signos similarmente confundibles solicitados o registrados con anterioridad por un tercero (artículo 136 de la Decisión 486), para distinguir productos o servicios similares, ya que se puede presentar riesgo de confusión. Con ese propósito analiza el grado de semejanza entre los signos y también la relación de productos o servicios, para luego determinar si hay riesgo de confusión o no y así decidir si la coexistencia de los signos en conflicto afecta al mercado o al signo anteriormente registrado (Interpretación Prejudicial 226 IP-2020 del 4 de marzo de 2021 publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 4212 de 15 de abril de 2021).

 

Ahora, ¿qué sucede cuando existe una prueba que demuestra lo contrario al resultado del cotejo realizado por la autoridad? ¿Debe prevalecer entonces el cotejo realizado?

 

Pongamos los siguientes ejemplos,

 

    1. Hay dos signos que tienen unas similitudes ortográficas y fonéticas y que, por ende, la SIC menciona que no pueden coexistir en el mercado por riesgo de confusión o asociación, pero existe una prueba pericial que concluye que no existe una confusión real ni una asociación real en el mercado y los resultados son contundentes, arrojando un 100% de personas que logran diferenciar entre los dos signos, donde además se observa que los consumidores tampoco los asocian de ninguna manera.
    2. Existen dos signos que tienen unas similitudes ortográficas y fonéticas, pero la SIC menciona que las diferencias son tales que se logra superar el riesgo de confusión o asociación, pero existe una prueba pericial que concluye que incluso con las diferencias reveladas en el cotejo, los consumidores sí los confunden o los asocian.

 

Sobre lo anterior, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha mencionado que existe el principio de la primacía de la realidad en el derecho de la propiedad industrial en varias interpretaciones prejudiciales. La Interpretación Prejudicial IP-76-2020 del 18 de junio de 2020 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, menciona que:

 

“(…)1.24. En virtud del principio de primacía de la realidad, la autoridad debe tomar en cuenta las situaciones y relaciones económicas que se pretendan, desarrollen o establezcan en la realidad. Esto es, se debe tomar en cuenta lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que formalmente aparezca de los documentos y actos jurídicos”

 

En ese sentido, si bien la teoría del cotejo no puede ser desechada del todo solo por la presentación de una prueba, lo cierto es que sí se debe levar a cabo exámenes de similitud entre dos signos con precisión, considerando la realidad de sus formas.

 

En los procedimientos administrativos, las pruebas que respalden la posible confusión entre dos signos en el mercado deben ser relevantes y útiles para tomar decisiones legales adecuadas. Por ejemplo, pruebas sobre la forma de comercialización o estudios de mercado que indiquen la cercanía entre los productos y las marcas son aceptables.

 

Además, se deben considerar pruebas que demuestren casos previos de confusión en el mercado si un empresario se opone a un registro debido a perjuicios pasados causados por la presencia de una marca específica. Esto puede incluir pruebas documentales, estudios de mercado y encuestas.

Nathalia es Abogada de la Universidad del Rosario, Bogotá Colombia galardonada con el premio a la excelencia Carlos Alzate, graduada con méritos y con especialización de la misma universalidad en Derecho Comercial y maestria en Derecho Corporativo. En 2019 comenzó a trabajar en OlarteMoure, como asociada para el área de litigios y en el 2022 fue nombrada lider del área de litigios y su ejercicio profesional está enfocado en atender litigios de Derecho de los Mercados.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Slide


Suscríbete a nuestro Newsletter

Los más leidos

  • La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

    La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Cuánto dura un proceso judicial en Colombia?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿En qué consiste la Ley “dejen de fregar”?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Quiénes son beneficiarios de la estabilidad laboral reforzada por salud?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Cotización de más de 1800 semanas en Colpensiones

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • ¿Qué implica la entrada en vigencia de la Resolución 0085 de 2022?

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

LOS MÁS COMENTADOS

La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco
Actualidad Jurídica

La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

Publicado por Nicolas Rincón
junio 24, 2024
86

Autor: Equipo de redacción Lexir Colombia   El pagaré al ser un título valor está regulado por el Código de...

Read more

LOS MÁS RECIENTES

Ernesto Sanguinetti
Actualidad Jurídica

Liderar en la complejidad: estrategia y derecho para empresas globales en América Latina

Publicado por Nicolas Rincón
mayo 29, 2025
0

ARGENTINA  Operar en América Latina exige anticipación, liderazgo transformacional y estructuras organizacionales resilientes que integren análisis jurídico, adaptación...

Read more

LO MÁS LEIDO HOY

La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco
Actualidad Jurídica

La prescripción de los pagarés sin fecha de vencimiento o pagarés en blanco

Publicado por Nicolas Rincón
junio 24, 2024
86

Autor: Equipo de redacción Lexir Colombia   El pagaré al ser un título valor está regulado por el Código de...

Read more
Siguiente noticia
¿Ley de seguridad vial o Ley de la impunidad en Colombia?

¿Ley de seguridad vial o Ley de la impunidad en Colombia?

CONTACTO 

1 Glenwood Ave #5, Raleigh, NC 27603, United States
US+1 984 3255406
Bogotá D.C., Colombia
info@lexir.co

ENLACES DE INTERÉS

redaccion@lexir.co
Política de tratamiento de datos
Términos y condiciones
pauta@lexir.co

Slide

Lexir.co - Todos los Derechos Reservados  2020

No Result
View All Result
  • Actualidad Jurídica 
    • Laboral
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Penal
    • Civil
    • Administrativo
    • Comercial
  • Opinión
    • Política
    • Social
    • Económico
  • Noticias
    • General
    • Judicial
  • Análisis
    • Laboral
    • Comercial
    • Seguridad Social
    • Tributario
    • Civil
    • Administrativo
    • Penal
  • Academia
  • Girl in a jacket
  • Girl in a jacket

© 2025 JNews - Premium WordPress news & magazine theme by Jegtheme.

Usamos cookies en nuestro sitio web para brindarle una mejor experiencia Leer Política de Cookies
Acepto uso de Cookies
Manage consent

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado

Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. These cookies ensure basic functionalities and security features of the website, anonymously.

CookieDuraciónDescripción
cookielawinfo-checbox-analytics11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Analytics".
cookielawinfo-checbox-functional11 monthsThe cookie is set by GDPR cookie consent to record the user consent for the cookies in the category "Functional".
cookielawinfo-checbox-others11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Other.
cookielawinfo-checkbox-necessary11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookies is used to store the user consent for the cookies in the category "Necessary".
cookielawinfo-checkbox-performance11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Performance".
viewed_cookie_policy11 monthsThe cookie is set by the GDPR Cookie Consent plugin and is used to store whether or not user has consented to the use of cookies. It does not store any personal data.

Functional

Functional cookies help to perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collect feedbacks, and other third-party features.

Performance

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

Analytics

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

Advertisement

Advertisement cookies are used to provide visitors with relevant ads and marketing campaigns. These cookies track visitors across websites and collect information to provide customized ads.

Others

Other uncategorized cookies are those that are being analyzed and have not been classified into a category as yet.

GUARDAR Y ACEPTAR

You cannot copy content of this page

error: Content is protected !!