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Santiago Bonivento Lexir

Empresas: pilas con el cierre del año

Para las empresas en Colombia, el cierre del año no debe pasar desapercibido y – por el contrario – existen obligaciones legales y reglamentarias que hacen curso en estos últimos meses del año e inicios del siguiente que deben ser debidamente preparadas para su cumplimiento en tiempo y en forma.

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Santiago Bonivento
Abogado con énfasis en Derecho Empresarial de la Pontificia Universidad Javeriana Lexir Pontificia Universidad Javeriana

Una radioemisora colombiana ha adoptado, desde hace algunos años atrás – llegado el mes de septiembre – el lema “desde septiembre se siente que viene diciembre”, convirtiéndolo en una marca insignia para su publicidad.

 

En parte, tiene algo de razón: llegado el mes de septiembre, el final del año aparece en la mira de la población y, con ello, las decoraciones navideñas, la planeación de celebraciones de cierre y muchos otros momentos que conmemoran el acaecimiento de un año más y el inicio de un nuevo lustro, cargado de retos por delante.

 

Para las empresas en Colombia, el cierre del año no debe pasar desapercibido y – por el contrario – existen obligaciones legales y reglamentarias que hacen curso en estos últimos meses del año e inicios del siguiente que deben ser debidamente preparadas para su cumplimiento en tiempo y en forma.

 

Así que, manos a la obra para citar algunas de ellas, con el beneficio que puede que haya adicionales que acá no se mencionen – por motivo de espacio – y que, en todo caso, es importante que los asesores legales, corporativos, de cumplimiento y las mismas empresas al interior de sus áreas, mapeen, revisen y ejecuten.

 

Para aquellas empresas que cuenten con uno o más trabajadores, el final del año representa la obligación del pago de la prima legal de servicios proporcional al tiempo laborado por el trabajador durante el semestre comprendido entre julio y diciembre del año cursado. A su vez, la tercera entrega de la dotación de calzado y vestido para sus trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos y tengan una antigüedad de más de tres meses.

 

También, las empresas deben concebir que – a partir de este año – la Superintendencia de Sociedades, y sin mayor información por el momento, informó la implementación de un nuevo informe, el cual ha decidido titular como “Informe 75” y que intentará abarcar lo que – a la fecha de hoy – se conoce como el Informe 50 y el Informe 52, en una actitud loable por simplificar – en número – el diligenciamiento de informes a los oficiales de cumplimiento y partes involucradas de las Compañías.

 

Sumado a lo anterior, las empresas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades deben mapear que, para la franja del año que acá se analiza, deberán provisionar caja para el pago de la contribución respectiva.

 

En materia tributaria, el movimiento no se detiene para las Compañías y, para el final del año, deben estar preparadas para la presentación de las declaraciones relativas a precios de transferencia y todos aquellos vencimientos de declaraciones y pagos mensuales o periódicos, tanto nacionales, como departamentales y municipales, que – por supuesto – seguirán su causación a lo largo de estos meses. Ello, junto con los cierres contables anuales que representan una carga de trabajo y dedicación importante para las áreas involucradas.

 

En materia ambiental, para las empresas medianas y grandes, inicia la implementación de lo dispuesto en la Ley 2173 de 2021, a través de la cual se les insta a sembrar – al menos – dos árboles por cada trabajador para la creación de áreas de vida, como la propia ley las titula.

 

No olvidar, en todo caso, que en materia de protección de datos y registro de operaciones sospechosas existen, también, obligaciones periódicas que deben observarse en esta última parte del año para evitar sanciones por parte de las entidades competentes.

 

Finalmente, las Compañías no deben perder de vista que la jornada laboral se redujo a cuarenta y siete horas semanales, manteniendo una reducción paulatina durante los próximos años venideros hasta alcanzar – para el 2026 – una reducción a cuarenta y dos horas semanales, sin desmejora en los salarios para los trabajadores.

 

El próximo año será otra historia, pero, desde ya, las compañías deben visionar que los primeros meses del mismo acaecen obligaciones relevantes también, tales como la renovación de la matrícula mercantil, la celebración de las reuniones ordinarias del máximo órgano social, la presentación de los informes de gestión, entre muchas otras.

 

En fin: todo ello – resumido y amigablemente presentado – para mencionarle a todas las empresas que día a día avanzan en la creación y generación de empleo y en el desarrollo de la sociedad: siempre adelante y, sobre todo, pilas con el final del año. Que este sea – además de momentos de celebración – la oportunidad perfecta para cumplir – a cabalidad y en tiempo – las obligaciones a su

Santiago Bonivento es Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, con énfasis en derecho empresarial. Especialista en Dirección de Empresas y Liderazgo Digital. Magister MBA Gadex con énfasis en Relaciones Internacionales (Universidad Europea Miguel de Cervantes y Formato Educativo), beca parcial por la Organización de Estados Americanos. Profesor en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana.

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