Ampliar el periodo de lactancia puede desincentivar la vinculación de mujeres en edad gestante.
Cuando leemos el título de la Ley 2306 del 31 de julio de 2023 nos ilusionamos con una norma que busca promover la maternidad, la primera infancia y la lactancia. Sin embargo, al realizar una lectura más detallada y entre líneas, podemos observar que esta nueva Ley trae consigo la construcción de nuevas barreras para la inserción laboral de las mujeres en edad de gestación.
El principal cambio que genera la mencionada Ley está en su artículo 6º, el cual dispone modificar el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), en el sentido de ampliar el periodo de lactancia de 6 meses a 2 años.
Si bien no discutimos los beneficios que trae consigo la lactancia materna, es necesario ver esta nueva disposición con cuidado, pues la ampliación del periodo de lactancia se traduce en un incremento en la “protección del trabajo” a la mujer por aumentar el periodo del fuero de maternidad.
El fuero de maternidad existe para proteger a la mujer y a su bebé de una intempestiva desvinculación laboral, salvaguardándolos económicamente. Este fuero consiste en el hecho de que la trabajadora no podrá ser despedida en su periodo de gestación ni en las 18 semanas posteriores al parto (artículo 240 CST), a no ser que medie autorización del Ministerio del Trabajo.
Con esta nueva modificación al artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo, el periodo de lactancia se cuadriplica, pasando de 6 meses a 2 años y generando así que las mujeres gestantes tengan una protección cercana a los 33 meses.
Estamos de acuerdo con el hecho de que una madre que tiene hijos pequeños debe tener estabilidad laboral, no solo para asegurar su propio bienestar, sino el del infante también. No obstante, en su afán de garantizar derechos a la población vulnerable, el Estado termina generando más desigualdad y discriminación, pues incrementar en tal medida el periodo de lactancia puede generar que el mercado laboral colombiano se vea desincentivado para contratar mujeres en edad gestante.
Además, al analizar este incremento del periodo de lactancia con la disminución de la jornada laboral, se vislumbra que una mujer que se encuentre en periodo de lactancia podría para el año 2025 tener una jornada laboral menor a las 40 horas semanales, generando así una gran carga para los empleadores.
Ahora, no todo es negativo, pues esta nueva Ley trae consigo disposiciones que en definitiva son positivas, como lo es la creación de áreas de lactancia (artículo 3) a cargo de las entidades territoriales, o el incentivo que existe para los privados de unirse a la iniciativa e igualmente contruyan estas áreas de lactancia.
Juan Camilo Uribe Jaimes es Abogado de la Universidad de los Andes con estudios complementarios en Economía, Políticas Públicas y Lengua y Cultura Alemana, y Especialista en Derecho Laboral de la Universidad Javeriana. Especial interés en derecho laboral, el Sistema General de Seguridad Social, derecho privado enfocado en la eficiencia empresarial y derecho societario. Conocimiento en el marco normativo societario, privado, laboral individual y colectivo, de responsabilidad fiscal y de regulación en salud. Experiencia en procesos de responsabilidad fiscal, acciones contencioso administrativas, procesos administrativos sancionatorios, asuntos regulatorios en salud, en temas de recobros por eventos no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud ante la ADRES y el Ministerio de Salud y Protección Social y en trámites de liquidación de EPS.