Fuente: POSSE | HERRERA | RUIZ
La responsabilidad jurídica de los creadores de contenido o ‘influencers’ ha sido un tema de creciente preocupación en los últimos años. En términos generales, los influenciadores pueden ser considerados como personas influyentes que utilizan su presencia en las redes sociales para promocionar productos o servicios a una audiencia amplia.
Desde el punto de vista legal, los influenciadores tienen una gran responsabilidad por el contenido que publican. Deben asegurarse de que sus publicaciones cumplan con todas las regulaciones pertinentes, incluyendo las leyes de publicidad y la protección de los derechos de autor.
Para María Paz Vesga, asociada del equipo de competencia de la firma de abogados Posse Herrera Ruiz,“los influenciadores deben tener unas pautas muy claras de cuándo van a crear contenido y cuándo van a publicitar a sus audiencias. Incluso la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aconseja a las marcas acompañar a la personas que contratan durante el proceso de creación”.
Además, los influenciadores también tienen una inmensa responsabilidad ética. Deben ser transparentes sobre cualquier patrocinio que reciban, y deben evitar engañar a su audiencia mediante la promoción de productos o servicios que no hayan probado o que no sean adecuados para su público.
Hay que aclarar que es importante que tanto los creadores de contenido, como las marcas con las que trabajan, entiendan completamente sus responsabilidades legales y éticas. Al hacerlo, pueden ayudar a garantizar que la industria del mercadeo en redes siga siendo justa y transparente para todos los involucrados.
¿De quién es la responsabilidad?
Según explicó Vesga, lo que ha dicho la SIC es que en si los influencers no son considerados como anunciantes, sin embargo, deben informarle a su público que en esa historia o ‘post’ que hacen para una marca hay una relación comercial. “Si el influenciador no cumple con esa obligación de revelarle a los a sus consumidores que sí existe un vínculo comercial con esa marca, eventualmente se podrá considerar como anunciante y se le podrá imponer multas”.
Por su parte, Jordi Buitrago, del equipo penal corporativo de la firma, aseguró que si un creador de contenido hace comparaciones entre marcas o dice que un producto es maravilloso y el consumidor se siente estafado, podría interponer una denuncia por ese delito; lo cual no significa que sea culpable el influenciador.
“Es importante tener muy presente ese riesgo; la gente cuando consume un producto o un servicio puede decir ‘me estafaron’ si no es exactamente lo que esperaba y por lo general va a tener la tendencia de apuntar contra el que lo promovió, en este caso contra el creador de contenido”, explicó Buitrago.
Por ejemplo, para aterrizar algún caso, en Estados Unidos muchos creadores de contenido han sido sancionados por promover la inversión en criptoactivos, sin avisarle a su público que ese anuncio hace parte de publicidad o convenio con marcas. ¿Por qué? Muchos pueden invertir dinero sin saber que ponen en riesgo mucho capital y terminan con sorpresas.
Lo que se puede hacer
Según los panelistas, un salvavidas para ambas partes es dejar un contrato por escrito, en el que se acuerde que las publicaciones serán sujetas a una relación publicitaria entre creador y anunciante. También tener algunos ‘disclaimers’ en las historias donde se diga claramente que se trata de publicidad paga.
“Lo primero que debo tener en cuenta si soy empresario es saber si ese influenciador se adapta al mercado al que yo me quiero dirigir. Me debo preguntar si esa persona realmente representa los valores de mi marca. Uno de los mayores errores es entregar, por ejemplo, un contrato de patrocinio a una persona que no representa lo que quiero expresar”, aseguró Juan Sebastián González, abogado del equipo de propiedad intelectual.
Como lo aseguran los asociados de Posse Herrera Ruiz, todos los escenarios planteados se resuelven al revisar a detalle los acuerdos comerciales que se realizan entre marca y creador de contenido. Entendiendo que siempre es mejor hacer claridad en los alcances pactados, para de esa manera respetar las recomendaciones realizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, en su “Guía de buenas prácticas en la publicidad a través de influenciadores”.