Alternativas que contempla el régimen de control de cambios, y que permite a nacionales y extranjeros con negocios en Colombia hacer frente a la inestabilidad del peso colombiano.
En el último año, el peso colombiano ha fluctuado de manera significativa, llegando el dólar estadounidense en noviembre de 2022 a su valor más alto en la historia, pasando la barrera de los 5.000 pesos. Si bien 2023 ha representado una revaluación de la moneda, lo cierto es que el peso colombiano es actualmente una moneda altamente volátil, susceptible a factores internos y externos que generan incertidumbre a empresarios colombianos e inversionistas extranjeros. Teniendo esto en consideración, a continuación, planteo algunas alternativas que contempla nuestro régimen de control de cambios, y que permite a nacionales y extranjeros con negocios en Colombia hacer frente a la inestabilidad del peso colombiano:
- Cuentas en moneda extranjera de libre mercado
Los residentes colombianos pueden constituir libremente depósitos en cuentas bancarias en el exterior, con miras a realizar operaciones con no residentes que no deban canalizarse a través del mercado cambiario ni reportarse ante el Banco de la República. Son una excelente alternativa para aquellos que realicen pagos de servicios a no residentes, y/o que reciban pagos por este concepto por parte de no residentes.
En caso de utilizarse estas cuentas para realizar operaciones con otros residentes colombianos, o para efectuar operaciones de obligatoria canalización, surge la obligación de registrarlas como mecanismo de compensación, según se detalla a continuación.
- Cuentas de compensación para residentes colombianos
Las cuentas de compensación son cuentas bancarias en divisas (USD, EUR o cualquier otra moneda) abiertas por residentes colombianos en cualquier entidad bancaria en el exterior, respecto de las cuales se genera la obligación de registro ante el Banco de la República en caso de efectuar una de las siguientes operaciones: (i) pagos entre residentes colombianos en divisas; (ii) pago de importaciones o exportaciones de bienes físicos; (iii) desembolsos o pagos de endeudamientos externos (entre un residente y un no residente), y los costos financieros inherentes a los mismos; (iv) inversiones internacionales (inversión extranjera en Colombia o inversiones colombianas directas en el exterior), así como también sus rendimientos; (v) avales y garantías en moneda extranjera; (vi) operaciones de derivados; o (vii) compra de cartera interna por parte de un no residente.
Una vez se registra la cuenta ante el Banco de la República, surgen obligaciones periódicas de reporte, de carácter mensual ante esta entidad, y trimestral ante la DIAN. Las mismas funcionan muy bien para aquellos residentes que hagan frecuentemente operaciones de comercio exterior (importaciones y exportaciones), y en general, aquellas entidades receptoras de inversión extranjera o con financiamiento en divisas que tengan obligaciones en otras monedas y quieran evitar el riesgo cambiario de traer los recursos a Colombia.
- Cuentas en pesos colombianos para no residentes
Al igual que los residentes colombianos pueden tener cuentas de depósito en el exterior, los no residentes también pueden tener depósitos en cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos electrónicos y depósitos a término en moneda legal colombiana. Estos depósitos se clasifican en los siguientes:
3.1 Cuentas de uso general
Pueden ser utilizadas para operaciones de libre mercado, entre otros, el pago de servicios. Sin embargo, también pueden utilizarse para recibir el pago de importaciones en pesos colombianos, realizar el pago de exportaciones o llevar a cabo operaciones de derivados.
- Cuentas de uso exclusivo
Existen cinco tipos de cuenta de uso exclusivo que puede tener un «no residente» en Colombia:
- Cuentas para acometer operaciones de inversión extranjera directa, recibir utilidades o rendimientos, recibir desembolsos de operaciones de crédito local con destino a inversiones extranjeras directas y realizar los pagos asociados a estas operaciones;
- cuentas de depósitos de inversionistas de capital del exterior de portafolio (inversionistas individuales y cuentas de tipo ómnibus), a través de las cuales se pueden realizar inversiones de portafolio, recibir utilidades o rendimientos, recibir desembolsos de operaciones de crédito local y llevar a cabo los pagos asociados a estas operaciones;
- cuentas de depósitos centralizados de valores extranjeros;
- cuentas para realizar los desembolsos y pagos de los créditos externos que otorguen u obtengan los no residentes en pesos colombianos, así como para la ejecución o restitución de avales o garantías en los cuales el no residente participe; y
- cuentas para pagos de exportaciones de servicios.
Si bien estas alternativas existen, en la práctica son desconocidas incluso por las mismas entidades financieras. Por esto, existe una gran oportunidad de mercado para las entidades financieras que desarrollen estos productos, pues los mismos proporcionan una gran alternativa para las entidades extranjeras que desarrollan actividades en Colombia y quieren manejar su riesgo cambiario.
Se espera que la incertidumbre se mantenga, dados los múltiples factores que afectan la estabilidad de nuestra moneda, y, por esto, el conocimiento de las opciones que contempla el régimen cambiario proporciona herramientas aplicables a distintas estructuras de negocio que pueden resultar muy útiles.
Catalina Reyes Cancino es Asociada Sénior en Garrigues. Hace parte del departamento de Derecho Mercantil. Cuenta con LL.M con énfasis en Gobierno y Práctica Corporativa de la Universidad de Stanford. Es experta en temas de derecho societario, fusiones, escisiones, contratación mercantil y control de cambios internacionales. Actualmente lidera el área de derecho de cambios internacionales en la oficina de Bogotá.
Su práctica se enfoca en la asesoría a sociedades locales e inversionistas extranjeros en materia societaria, contractual y de derecho cambiario. Acompaña a sus clientes desde el momento en que inicial el proceso de constitución de un vehículo en Colombia y durante el giro ordinario de sus negocios. También apoya asuntos extraordinarios, tales como fusiones, estructuras de joint venture, y liquidación de entidades.
En derecho cambiario, asesora a clientes en temas de inversiones internacionales, endeudamiento externo, manejo de cuentas de compensación, entre otros. Ha estructuración complejas operaciones que implican el flujo de divisas.
Ha participado en la defensa de sociedades en investigaciones administrativas por infracciones cambiarias y por el presunto indebido registro de grupos empresariales.
EXPERIENCIA:
Catalina se unió al despacho en el año 2018. Su carrera profesional se ha desarrollado en importantes firmas de abogados. Su experiencia principalmente incluye los siguientes asuntos:
Asesora a inversionistas extranjeros en la constitución de vehículos en Colombia y a empresas colombianas en el cumplimiento de las obligaciones corporativas.
Ha implementado complejos procesos de reorganizaciones, tales como fusiones transfronterizas.
Ha participado en la negociación y estructuración de toda clase de contratos mercantiles, incluyendo estructuras de joint venture, acuerdos de accionistas, contratos de distribución, suministro, obra civil, prestación de servicios, y muchos otros.
En materia de control de cambios, asesora a clientes en temas de inversiones internacionales, endeudamiento externo, manejo de cuentas de compensación, de cuentas de libre mercado y de cuentas de uso especial o general, operaciones de compra de cartera. Sus clientes incluyen a inversionistas extranjeros, residentes cambiarios e Intermediarios del Mercado Cambiario, entre otros.
Ha asesorado la estructuración de complejas operaciones que implican el flujo de divisas.
Ha participado en la defensa de sociedades en investigaciones administrativas por infracciones en materia cambiaria y societaria, en asuntos de inversiones internacionales y de presuntos indebidos registros de situaciones de control y/o grupos empresariales.
Domina el español e inglés.
FORMACIÓN ACADÉMICA:
Maestría en derecho (LL.M.) con énfasis en gobierno y práctica corporativa (2016). Universidad de Stanford. Stanford, California, EE.UU.
Derecho (2009). Universidad de Los Andes. Bogotá, Colombia.
Filosofía (2011). Universidad de Los Andes. Bogotá, Colombia.
Diplomado “Régimen Impositivo Colombiano” (2014). Pontificia Universidad Javeriana, en Alianza con Pricewaterhouse Coopers, Bogotá, Colombia.