«Este proyecto de ley regula la inspección, vigilancia y control sobre entidades de operaciones con criptomonedas en Colombia, establece sanciones para aquellos que realicen operaciones sin previa autorización, define el trading con criptomonedas y establece requisitos para los traders, permite la representación en moneda legal colombiana y establece la certificación de valores de criptomonedas por parte del Banco de la República.»
El Congreso de la República en Colombia está a un debate de aprobar de manera definitiva el proyecto de Ley PL028-18 con el cual buscan regular los principales actores en el intercambio de criptomonedas operan en Colombia. Este proyecto de ley regula la inspección, vigilancia y control sobre entidades de operaciones con criptomonedas en Colombia, establece sanciones para aquellos que realicen operaciones sin previa autorización, define el trading con criptomonedas y establece requisitos para los traders, permite la representación en moneda legal colombiana y establece la certificación de valores de criptomonedas por parte del Banco de la República. También establece la autoridad encargada de la inspección, vigilancia y control y la regulación de las transacciones con criptomonedas en Colombia.
De acuerdo con esta ley, todas las empresas que desarrollen operaciones con criptomonedas estarán a cargo del Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones quien será el responsable de aprobar o no la comercialización de criptomonedas en Colombia para quienes estén interesados. Para que una empresa pueda desarrollar operaciones con criptomonedas, el proyecto de ley señala una serie de elementos que se deberán tener en cuenta, a saber:
- La empresa deberá obtener previamente la autorización del Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones quien verificará el cumplimiento del lleno de requisitos.
- La empresa deberá implementar un Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) aprobado por la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
- La empresa estará obligada en todo momento a informar a la Fiscalía General de la Nación cualquier movimiento anómalo que detecten en sus transacciones.
- La empresa estará obligada a publicar por medios escritos o virtuales la comercialización con criptomonedas y los riesgos que corren las personas que adquieren este tipo de moneda.
- Además, las empresas que desarrollen estas actividades deben informar al adquirente las especificaciones de la comercialización con monedas virtuales y toda información necesaria para el cabal entendimiento del uso de las monedas virtuales.
- También deben estar en posibilidad de entregar al adquirente, cuando lo solicite, la cantidad de criptomonedas o monedas virtuales de que éste sea titular, o bien el monto en moneda nacional correspondiente al pago recibido de la enajenación de estos.
Ahora bien, el proyecto de ley también contempla una serie de obligaciones de información para las empresas que ya cuentan con autorización denominado “consentimiento informado”. Las entidades de operaciones con criptomonedas deberán informar las especificaciones de la comercialización con monedas virtuales, las formas en que pueden adquirir las criptomonedas y toda información que sea necesaria para el cabal entendimiento del uso de las monedas virtuales.
También deberán informar que las criptomonedas no son monedas de curso legal utilizadas por el Estado colombiano y por tal razón no tienen respaldo del Gobierno Nacional, ni del Banco de la República. Señala la ley que ese consentimiento informado deberá ser actualizado según aparezcan nuevos riesgos para las transacciones con criptomonedas.
Por último, se creará un impuesto del 5% para cualquier transacción que se realice con criptomonedas dentro del territorio colombiano, desde éste y hacia el exterior, o desde el exterior hacia Colombia. Este impuesto se calculará con base en la transacción final, después de descontar el fit correspondiente. El pago del impuesto será trimestral y el Gobierno Nacional deberá regular el calendario de pagos. Además, se creará un Fondo de Reserva de Fluctuación de Criptomonedas adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual estará a cargo de la administración del 1% del valor pagado por el impuesto a las operaciones mediante criptomonedas, que tendrá como objetivo subsidiar al adquirente que, teniendo criptomonedas, éstas desaparecen del mercado.