¿Hay que crear nuevas regulaciones enfocadas específicamente en los buques autónomos?
Con el paso de los años, los medios de transporte han ido evolucionando de tal forma que cada vez es menos necesaria la presencia de pilotos, capitanes o conductores a bordo. Y es que la tecnología permite que a través de la creación de vehículos autónomos se reduzcan costos y riesgos mientras aumenta la eficiencia. Tanto para el mundo automotriz, que ya dispone de automóviles inteligentes, como la industria aeronáutica, pionera en el desarrollo de vehículos autónomos o pilotados de forma remota, ya existen regulaciones jurídicas nacionales e internacionales. Sin embargo, este no es el caso del transporte marítimo.
Esto no se debe a que el derecho marítimo ha sido obtuso ante el avance de la tecnología. Las razones de esto están vinculadas a la naturaleza internacional y el régimen de responsabilidad tan complejo que existe para las actividades en el océano. Es por esto que la Organización Marítima Internacional (OMI) trabaja actualmente en normativas comunes aplicables para el transporte internacional de mercancías y pasajeros en buques autónomos de superficie (MASS por sus siglas en inglés).
Entre los avances de la OMI se alcanzó una clasificación sencilla para los MASS: buques inteligentes incapaces de ejecutar decisiones por sí mismos; buques controlados a control remoto con tribulación a bordo; buques controlados a control remoto sin tripulación a bordo; y buques totalmente autónomos sin la intervención de seres humanos.
Esta clasificación expone que en el futuro cercano todas las categorías de MASS van a coexistir en los océanos del mundo. Desde luego el régimen de responsabilidad para los tripulantes de las dos primeras categorías de MASS no supondría ningún problema, pues ya existen instrumentos legales que se encargan de reglamentar estos regímenes de responsabilidad. La incertidumbre jurídica se encuentra en las últimas dos categorías, pues las regulaciones existentes al día de hoy no contemplan que las embarcaciones prescindan de su tripulación o puedan ser controladas con mandos a distancia sin un capitán a bordo.
¿El camino es reformar los instrumentos internacionales ya existentes con todo lo que esto implica en términos políticos y económicos? o ¿Hay que crear nuevas regulaciones enfocadas específicamente en los MASS?
El Comité de seguridad de la OMI se decantó por la segunda opción, apostándole a lo que se denominará el ‘Código MASS’, que será el reglamento para los cuatro grados de autonomía. Sin embargo, es inevitable que instrumentos internacionales como el Convenio para la protección y seguridad marítimas (SOLAS) o el Reglamento de abordajes (COLREG) sean revisados por el Comité para adaptarlos a las nuevas realidades de la industria. Si bien es cierto que los buques autónomos todavía están en fase de desarrollo y la idea es que empiecen a circular para trayectos cortos, el objetivo de la OMI es que para el año 2025 los buques de superficie autónomos marinos ya cuenten con su código regulatorio. Interesante reto tiene la OMI.
Mauricio José Gómez Rodríguez es Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, cuenta con una Especialización en Derecho Aeronáutico y Espacial de la Universidad Pontificia Comillas (Madrid, España). LL.M. Derecho Marítimo y del Transporte de la Universidad Erasmus de Rotterdam (Rotterdam, Países Bajos).