Los contribuyentes podrán deducir hasta el 120% de los salarios pagados a los jóvenes
Los contribuyentes obligados a presentar declaración de renta y complementarios tienen derecho a deducir el 120% de los salarios pagados a los trabajadores menores de 28 años (jóvenes), siempre y cuando se trate del primer empleo formal del trabajador (108-5 ET).
Para acceder a la deducción es necesario que el empleador (persona natural o jurídica) trámite ante la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo los certificados de primer empleo en el que se acredita que se trata del primer empleo de una persona menor de 28 años. Dicha solicitud tarda 15 días hábiles después de la radicación de la solicitud por el contribuyente empleador.
La solicitud es gratuita y puede realizarse física o virtualmente mediante la ventanilla única de trámites y servicios del Ministerio del Trabajo.
Los documentos que deben ser presentados ante el Ministerio del Trabajo para obtener el certificado de primer empleo son los siguientes:
- Formulario de solicitud del certificado de primer empleo (disponible online)
- Documento de identificación del trabajador (copia simple): Deberá demostrar que el trabajador era menor de 28 años al momento de la contratación.
- Historia laboral del trabajador expedida por el fondo de pensiones al que se encuentre afiliado: La historia laboral demuestra que sólo el contribuyente empleador ha realizado aportes a seguridad social en pensión. No podrá existir afiliación o aportes previos a la contratación del empleador.
- Certificado laboral: Debe incluir como mínimo:
- Razón social o nombre y apellidos del empleador
- Número del RUT del empleador
- Teléfono y dirección del domicilio del empleador y trabajador
- Nombre y apellidos del trabajador
- Tipo y número de documento del trabajador
- Fecha de inicio del contrato de trabajo (la vinculación laboral debe haber iniciado en 2022)
- RUT del empleador contribuyente.
Es importante tener en cuenta que la recolección de los documentos puede tardar. Lo anterior debido a que los trabajadores deberán gestionar directamente la solicitud de su historial laboral ante el fondo al que se encuentren afiliados. Por ende, es recomendable que los empleadores comiencen a pedir a los trabajadores este diciembre la copia de su historia laboral para iniciar el trámite a inicios del próximo año.
La solicitud de certificados de primer empleo corresponderá a la vigencia fiscal inmediatamente anterior a la vigencia fiscal en la cual son solicitados. Es decir, los empleadores podrán solicitar el certificado de primer empleo a partir del 1 de enero de 2023 para aplicar las deducciones a la declaración de renta de 2022.
Una vez obtenido el certificado de primer empleo por parte del Ministerio del Trabajo los empleadores contribuyentes (personas naturales o jurídicas) podrán deducir por cada trabajador hasta 115 UVT mensuales ($ 4.370.460 para 2022).
Finalmente, si tienen alguna pregunta o requieren ayuda con el trámite podrán contactarme al correo jpprocel@gmail.com, por LinkedIn o dejar sus comentarios.
Juan Pablo Procel Añez es Abogado laboralista de la Pontificia Universidad Javeriana, Candidato a Magíster de la Universidad de Salamanca, España.