ARGENTINA
La Protección de los Datos Personales está expresamente regulada en la Argentina. Sin embargo, aún cuando la Argentina haya suscripto los convenios 108 y 108+ de la Unión Europea y mantenga su calificación como país con legislación adecuada en materia de datos personales, la legislación local no se encuentra plenamente alineada a la normativa más moderna.
La Protección de los Datos Personales está expresamente regulada en la Argentina. Tanto la Constitución Nacional como la Ley de Protección de Datos Personales Nro. 25.326 confieren derechos y garantías específicas para los titulares de los datos personales motivo por el cual la Argentina fue reputada como una jurisdicción adecuada por la Unión Europea. Sin embargo, aun cuando la Argentina haya suscripto los convenios 108 y 108+ de la Unión Europea y mantenga su calificación como país con legislación adecuada en materia de datos personales, la legislación local no se encuentra plenamente alineada a la normativa más moderna como el GDPR y la Ley General de Protección de Datos de Brasil y actualmente el Congreso está analizando un nuevo proyecto de ley para abordar los nuevos flujos de datos que han surgido a través de nuevas tecnologías.
Entre otras novedades que trae el anteproyecto de ley se destaca la incorporación de nuevas bases legales para el tratamiento de datos incluyéndose al “interés legítimo” entre otros nuevos supuestos de legitimidad. Esta incorporación resulta de especial relevancia ya que el valor que han cobrado los datos en la actualidad, a más de 20 años de la promulgación de la ley vigente, hace prácticamente imprescindible para el desarrollo de los negocios modernos que dicha base legal sea expresamente incorporada en la legislación local.
Actualmente, el criterio de legitimidad por antonomasia en la legislación argentina es el “consentimiento”, el cual debe ser precedido por una explicación clara y adecuada al nivel socio cultural del titular de los datos personales respecto de (i) la finalidad para la que serán tratados y quiénes pueden ser sus destinatarios o clase de destinatarios; (ii) a existencia del archivo, registro, banco de datos, electrónico o de cualquier otro tipo, de que se trate y la identidad y domicilio de su responsable; (iii) el carácter obligatorio o facultativo de las respuestas al cuestionario que se le proponga, en especial en cuanto a los datos sensibles; (iv) las consecuencias de proporcionar los datos, de la negativa a hacerlo o de la inexactitud de los mismos; la posibilidad del interesado de ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de los datos.
De esta manera, el tratamiento de los datos personales sin el consentimiento del titular de los mismos será reputado ilícito salvo que algunas de las excepciones expresamente establecidas resulten de aplicación, entre las cuales podemos detallar aquel que se realicen en el marco del cumplimiento de una obligación legal, contractual, científica o profesional, cuando los datos se obtengan de fuentes de acceso público irrestricto o se limiten nombre, documento nacional de identidad, identificación tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio.
Finalmente es relevante señalar que en la publicidad y actividades análogas, se podrán tratar datos que sean aptos para establecer perfiles determinados con fines comerciales o que permitan establecer hábitos de consumo, cuando éstos figuren en documentos accesibles al público o hayan sido facilitados por los propios titulares u obtenidos con su consentimiento.
Ramiro Santurio, es Socio Estudio Leonhardt & Dietl (2014). Abogado (Universidad Católica Argentina, 2012). Premio a la Excelencia Académica otorgado por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (2012). Master en Derecho Económico Empresarial (Universidad Católica Argentina, 2017/2018). Las Áreas de Práctica de Ramiro son, Derecho Societario, Fusiones y Adquisiciones, Contratos Comerciales, Derecho del Entretenimiento, Defensa al Consumidor, Derecho Farmacéutico, Defensa a la Competencia, Lealtad Comercial. Miembro del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. IDIOMAS: Español, inglés, alemán.