Perú
Más allá de haberse publicado la ley hace dos años e implementado este modelo flexible y sencillo, es importante revalorar lo que podría ser un remedio para la informalidad de los sectores comerciales en el Perú, que buscan acceder a la formalidad, pero aún no cuentan con recursos para hacerlo.
Como se ha mencionado en anteriores artículos, en el Perú, las Sociedades Anónimas Cerradas Simplificadas han tenido poca difusión, debido a diferentes factores, uno de ellos que considero determinante es que, en nuestro país, si bien se siguieron recomendaciones y las líneas matrices de la Ley Modelo de OEA para elaborar la creación de las S.A.C.S., faltaron características propias de la norma que ha tenido éxito en otros países. En Perú aún no ha tenido un impacto importante, quizá porque el legislador no lo ha tomado en cuenta como una herramienta por su flexibilidad para que el sector productivo que aún anda en el umbral de la informalidad pueda tener el acceso a la formalidad y de esta forma poder llevar a cabo la tan ansiada formalidad del sector productivo peruano con una base más ancha.
Tomando este preámbulo, una de las características del modelo de OEA que no se ha incluido en la norma peruana, es que las S.A.S. como son denominadas en la Ley Modelo y en otros países son unipersonales, algo muy significativo, ya que en nuestro país solo contamos cuando vemos de empresas unipersonales un modelo llamado Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que tiene más de 35 años y no tiene ningún tipo de flexibilidad, por el contrario los costos son altos comparados a los de las S.A.C.S. Según la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, entidad pública que tiene como una de sus competencias registrar a las sociedades en Perú, indica que de enero a mayo de este año se han constituido alrededor de 18,125 E.I.R.L., siendo Lima la que tiene constituidas 8,105 E.I.R.L., lo cual comparado al crecimiento de la constitución de S.A.C.S., y los beneficios que podrían darse por su flexibilidad y bajo costo, no está generando el impacto esperado. Esto conlleva a que podría darse una revolución en la formalización de muchos negocios que se han creado en medio de la pandemia y competir en un mercado latinoamericano que cada vez exige mayor confianza y capacidad de respuesta de las empresas, por lo que muchos pierden el acceso a estas oportunidades por el poco conocimiento de los beneficios de este régimen de sociedad que también tendría que ser unipersonal en el Perú.
Otro aspecto que no se ha tomado en cuenta es que la sociedad por medio de la S.A.C.S. debería constituirse también entre una persona natural y una jurídica, lo cual incentivaría un tráfico interesante de asociatividad y que más empresas extranjeras puedan, a través de una sociedad con un representante en el territorio peruano, operar a través de los diversos convenios comerciales y mecanismos de integración económica, como la Alianza del Pacifico, APEC y la CAN, entre otros.
Más allá de haberse publicado la ley hace dos años e implementado este modelo flexible y sencillo, es importante revalorar lo que podría ser un remedio para la informalidad de los sectores comerciales en el Perú, que buscan acceder a la formalidad, pero aún no cuentan con recursos para hacerlo.
Aldo A Lorenzzi Bolaños_ Abogado especialista en Derecho Empresarial, Civil y Deportivo. Exvicepresidente de la Comisión de Derecho Civil de la Sociedad Peruana de Derecho, Miembro de la Comisión de Alto Nivel de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Perú. Director de AL&Asociados.