Gabriela Sarmiento Orjuela
Liévano Laserna
El derecho del trabajo es un derecho que capta realidades. Así lo ha reiterado insistentemente la Corte Suprema de Justicia, entre otras, en la sentencia CSJ SL462-2021. Si ello es así, ¿las actividades relacionadas con el entretenimiento para adultos deberían incluirse en la protección integral del Sistema de Seguridad Social? ¿deben gozar de las garantías del concepto de trabajo el cual protege especialmente el Estado «en todas sus modalidades» en unas condiciones «dignas y justas» como lo señala el artículo 25 de la Constitución?
Más allá de los moralismos que han desenfocado históricamente la verdadera discusión de fondo, el modelaje webcam, en particular, se ha convertido en una alternativa laboral legítima para miles de personas, especialmente tras las contracciones en el mercado laboral que produjo la pandemia; escenarios en los cuales la informalidad laboral aumentó significativamente en comparación con los años anteriores. Además, en el marco de una libertad protegida y garantizada por la Constitución, es una opción de trabajo lucrativa y de la cual, a pesar de las complejidades propias del oficio, únicamente exige que la persona involucrada sea mayor de edad y ejerza la labor de forma libre y voluntaria, en condiciones de plena y autónoma convicción.
Colombia cuenta con más de 500 empresas de modelaje webcam constituidas legalmente -lo cual supone una irrigación de importantes recursos en la economía- y es el segundo país con más modelos webcam en el mercado; lo que a su vez implica que una desregulación anclada en atavismos morales puede estar contribuyendo a la desprotección de ciudadanos sin seguridad jurídica ante el silencio de las leyes laborales y comerciales.
Ahora bien, vale la pena reiterar que las personas que se dedican a esta actividad no están -por regla general- actuando por fuera de la ley. Pero la falta de reglamentación en el país para esta actividad genera que se presenten condiciones desfavorables y situaciones de vulnerabilidad que crean escenarios proclives a los abusos de derechos laborales inherentes a la dignidad humana.
La Corte Constitucional ante la ausencia de precedentes jurisprudenciales, mediante la sentencia T-109 de 2021, reconoció derechos propios de una relación laboral a una modelo webcam que se encontraba en estado de embarazo al considerar que muy a pesar de que el modelaje webcam no se encontrara regulado en Colombia, las personas que se dedican a esta actividad no deben estar fuera de la Constitución y las leyes. Lo anterior por cuanto, precisamente, constituiría un escenario de abusos y violaciones a los derechos.
Así mismo resaltó la Corte que al basarse en las leyes laborales y el fuero de maternidad debían reivindicarse los derechos laborales de la trabajadora y ordenó al Congreso y al Ministerio del Trabajo regular los derechos de las personas que se dediquen a esta actividad.
Las anteriores cuestiones no solo son válidas sino absolutamente actuales, puesto que tanto el modelaje webcam, como muchas otras modalidades de trabajo, constituyen las nuevas realidades de la sociedad actual, quienes en el marco de una libertad de proyecto de vida y de elección buscan lejos de ataduras sociales las alternativas laborales que se encuentran a su alcance.
Con todo, la discusión va más allá. En las nuevas tendencias del derecho del trabajo se advierten decenas de modalidades de labores que se encuentran en una amplia zona gris legal en la que no es posible identificar criterios de la subordinación clásica de la era industrial. Allí se encuentran, por ejemplo, todas las actividades que involucran plataformas digitales, trabajo a demanda y deslocalizado, etcétera.
Luego, para el caso del modelaje webcam así como todos los demás escenarios laborales donde tienen impacto las nuevas tecnologías, se deben analizar las condiciones materiales del servicio de cara a la realidad para establecer cuándo verdaderamente se está en frente de una actividad subordinada y cuándo opera una simple coordinación del servicio, aun en los más exóticos ambientes.
En este sentido, la mayor visibilidad que pueda tener esta importante discusión pública y el mayor conocimiento de los derechos laborales individuales por parte de los trabajadores y de los empleadores es lo que contribuye a clarificar el panorama sobre cuándo existe o no una relación laboral y promover así un escenario de regulación, formalidad y seguridad jurídica.
Me gustaría ser modelo webcan