Mariana Pérez Cuenca
Buen panorama para los emprendedores en el año 2022:
Desde el pasado 1° de enero de 2021 rige en Colombia la Ley de Pago en Plazos Justos (Ley 2024 de 2020) expedida por el Gobierno Nacional. Esta Ley, que fue reglamentada mediante el Decreto 1733 de 2020, tuvo como objetivo establecer procedimientos y plazos de pago y facturación que incorporaran la Obligación de Pago en Plazos Justos en las operaciones mercantiles en las que estén involucradas micro, pequeñas y medianas empresas: MIPYMES.
¿En qué consiste la Obligación de Pago en Plazos Justos?
Todos los comerciantes y quienes sin tener la calidad de comerciantes ejerzan operaciones mercantiles, tienen la obligación general de efectuar el pago en dinero causado como contraprestación de los servicios prestados por MIPYMES, en un término que para el año de 2021 correspondía a máximo 60 días calendario y, que, a partir del año 2022 se reduce a 45 días calendario. De igual forma, las MIPYMES deben pagar en esos términos a sus proveedores que cumplan con los requisitos que se encuentran definidos por la Ley.
Así las cosas, la gran expectativa y motivación que tienen los emprendedores a partir del 1° de enero de 2022 es que se encuentre garantizado su flujo de caja al existir un término de máximo 45 días calendario para que sus clientes cumplan con la obligación de pago.
¿A partir de cuando se empiezan a contar los 45 días?
En principio se cuentan a partir del recibo de la factura por parte del adquirente a través de medios electrónicos, sin embargo, si la MIPYME como vendedor no está obligado a expedir factura de venta de conformidad con la normatividad vigente o en los casos en los que la factura no sea recibida por el adquirente, el término empieza a contar una vez se entregue la mercancía o cuando se da por terminada la prestación del servicio.
Con la expedición de esta Ley, es importante señalar que no tienen validez los acuerdos de voluntades en los que se definen pagos de facturas a plazos superiores.
¿Qué ocurrirá si no se paga en los 45 días?
La MIPYME tendrá derecho a reclamar una indemnización por todos los costos de cobro debidamente acreditados en que haya incurrido a causa de la mora.
Partiendo de lo anterior, al existir una Ley que respalda el pago a corto plazo por parte de los clientes a las MIPYMES se puede decir que ganamos todos:
Las MIPYMES tienen la oportunidad de aumentar su liquidez y tener un flujo de caja que les permita seguir operando, pagar salarios, aumentar personal, invertir en producción. Esto les evita endeudarse y les permite contar con un plan financiero para su proyección.
Las grandes empresas también se ven beneficiadas pues van a escoger proveedores por relación calidad-precio-cantidad y no por el que otorgue mayor plazo de pago.
Y, finalmente nosotros como consumidores finales al poder adquirir los mejores productos.
Mariana Pérez Cuenca_Abogada de la Pontificia Universidad Javeriana.